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PC dice que es ilegal entregar recursos a los partidos no consignados en el presupuesto

Participación Ciudadana (PC) rechazó la decisión del Poder Ejecutivo de entregar fondo a los partidos políticos no consignado en el Presupuesto General porque con esa medida se viola ley y sienta un precedente que puede traer graves consecuencia para el país en el futuro.

PC explicó que los recursos aprobados en la ley no fue producto de un error, sino que esa reducción a las organizaciones partidistas, al igual que la que se aplica a otras doce instituciones o sectores, se ha venido produciendo año tras año porque los ingresos del Estado no son suficientes para cumplir con todas las asignaciones que leyes especiales contemplan para distintas instituciones.

Además rechazó cualquier decisión, tal como ha dicho “en decenas de oportunidades, que se apoye en violaciones a las leyes, mucho más cuando las mismas se toman para beneficio de los mismos que tienen potestad legal para crearlas y hacerlas cumplir.

“El uso de recursos que se habían consignado para otros fines en el presupuesto de la JCE es ilegal y aún más ilegal es hacerlo bajo un compromiso del Poder Ejecutivo de que reestablecerá esos recursos, porque eso es pasarle por encima al Congreso Nacional, una violación inaceptable por la separación de poderes. Si este organismo no protesta esa decisión es porque todos los partidos se beneficiarán de la misma”, asegura la organización.

En un comunicado de prensa, el movimiento no partidista dijo que, en todos los gobiernos de las últimas décadas, en acuerdo con el Congreso Nacional, han tomado esa decisión porque no han tenido la voluntad ni de hacer una reforma fiscal para elevar considerablemente las recaudaciones, ni tampoco para buscar el consenso necesario para reformar las leyes especiales que consignan porcentajes fijos del presupuesto.

Sostiene que, tal como lo ha hecho desde hace décadas en los presupuestos de cada año, el artículo 51 de la Ley No.80-23 que aprobó el presupuesto del 2024 establece: “Ajustes a recursos asignados por leyes especiales. Con base en lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley núm. 423-06, se autoriza al Poder Ejecutivo, por excepción, a apropiar un monto inferior a los montos que corresponden, según los porcentajes que se especializan para fines distintos en las leyes que rigen a los entes y órganos siguientes”.

Mencionó que, entre las instituciones que reciben recortes presupuestarios, no solo está la Junta Central Electoral (JCE), incluyendo las asignaciones a los partidos, sino también instituciones tan necesitadas de recursos como el Poder Judicial, la Procuraduría General de la República, los ayuntamientos, la UASD, la Cámara de Cuentas, entre un total de trece.

De manera que, aunque se debe aspirar a corregir irregularidades como ésta, dice que al menos hay que admitir que es un recurso transparente y aceptado por todas las partes, cosa que no pasa con la decisión que acaba de tomar el Gobierno para complacer a los partidos políticos.

PC añadió que el párrafo del artículo 234 de la Constitución señala que, una vez votada la Ley de Presupuesto General del Estado, no podrán trasladarse recursos presupuestarios de una institución a otra sino en virtud de una ley. Adicionalmente el artículo 236 dispone que ninguna erogación de fondos públicos será válida si no estuviese autorizada por la ley. La decisión en cuestión también viola el principio de especialidad cualitativa, que se refiere a que los recursos deben ser gastados exclusivamente en los objetivos establecidos en el presupuesto, como lo señala el artículo 11, literal g de la Ley Orgánica de Presupuesto.

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