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Relación JCE y oposición trasciende en escenario de conflicto permanente

La relación entre la Junta Central Electoral y partidos políticos de oposición se ha caracterizado por una serie de encontronazos desde hace cerca de dos años a la fecha y que se acentúan a seis meses de las elecciones municipales y a nueve meses de las presidenciales y congresuales.

Las controversias se han generado por aplicación de parte de la JCE de reglamentos y disposiciones en materia político-electoral emanadas del Tribunal Constitucional y del Tribunal Superior Electoral que no han sido del agrado de los opositores partidos de la Liberación Dominicana, Revolucionario Dominicano y Fuerza del Pueblo.

Entre esas batallas libradas por JCE-oposición se destacan: la actual prohibición de propagandas y publicidad en precampaña, la aplicación de la cuota de reservas del 20%, la aplicación de cuota de género 60-40 y la investigación sobre la acusación de la oposición al partido de Gobierno sobre supuesta compra de dirigentes y alcaldes.

Otro punto es que la oposición señala a la JCE de tomar decisiones que eventualmente favorecen al Partido Revolucionario Moderno, organización que, por su parte, acogido, por el momento, cada disposición emanada por el  organismo electoral.

RESOLUCIÓN SOBRE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA. El conflicto que actualmente enfrenta a la JCE y al PLD, PRD y FP está creado por la Resolución 53-2023 evacuada por la JCE y que ratifica su posición de prohibir a los partidos políticos la celebración de mítines, marchas, caravanas, además de divulgar propaganda electoral, so pena de sanciones administrativas de uno a 200 salarios mínimos.

La oposición reaccionó estudiando las leyes y los mecanismos de que disponen para determinar en qué instancia recurrir esta disposición.

Algunos plantean un diálogo para buscar una salida concertada.

DISPUTA POR APLICACIÓN 20% RESERVAS CANDIDATURAS. Para el mes de mayo pasado, otro punto que desató los demonios en la oposición, fue la resolución de la JCE estableciendo la aplicación del 20% de las reservas de candidaturas por cada nivel de elección, es decir: para la escogencia a cargos electivos al Congreso y los ayuntamientos.

La oposición rechazó de plano la disposición y pedía que la cuota de reservas se aplicara por la universalidad de los cargos, porque esto afectaba sus posibilidades para concertar alianzas electorales.

La JCE tomó la decisión basada en la sentencia del Tribunal Superior Electoral, 027-2019, que establece que el 20% de las reservas de las candidaturas debe hacerse por el nivel de elección y no del total nacional. La sentencia del TSE fue por una demanda en contra del PRM en 2019 porque se reservó 29 de 32 senadurías. La sentencia del TSE establece que la reserva debe ser 20% por nivel de elección.

Después de semanas de conflictos, el pasado 23 de mayo, la JCE emitió la Resolución 013-2023 que mantiene el 20% de las reservas de candidaturas por nivel de elección, sin embargo, las alianzas no serán afectadas.

En tal sentido, las alianzas y coaliciones electorales podrán pactarse para las candidaturas en uno, varios o todos los niveles de elección; en una, varias o todas las demarcaciones. De esta manera se fin de este episodio.

SIN RESULTADOS INVESTIGACIÓN COMPRA DIRIGENTES OPOSICIÓN. La JCE fue apoderada en febrero del 2022 por parte del PLD, PRD y FP para investigar la denuncia de que el PRM presionaba para agenciarse respaldo de sus contrarios.

La JCE designó el 22 de febrero del 2022 una comisión para investigar el caso, compuesta  y para el 25 de febrero del 2023, un año después, el presidente de la JCE, Román Jáquez, anunció que el Pleno revelaría, sin omisiones, los resultados de las investigaciones sobre las denuncias de que el partido de Gobierno presiona a alcaldes y dirigentes opositores para que se pasen al oficialismo.

“Ya hay un informe preliminar, pero han surgido otras denuncias que hemos incorporado. No vamos hacer omisiones en este sentido; vamos a informar todo, sea pato o gallaretas”, aseguró en ese momento.

Sin embargo, esas revelaciones nunca se hicieron y cayó en una especie de limbo a un año y siete meses después, pese a que la oposición designó comisiones de seguimientos, pero sin resultados positivos.

CUOTA DE GÉNERO. Otro punto de conflicto se desató por la aplicación de la cuota de género que otorga un mínimo de un 40% de cargos electivos a mujeres y un máximo de 60 a los hombres, establecida en las leyes de Partidos y Régimen Electoral.

El TSE emitió un fallo en el que dispone que la cuota de género debe ser a nivel nacional como establece la Ley 20/23, del Régimen Electoral.

Sin embargo, la JCE en el borrador sobre la aplicación de la cuota establece que debe hacerse por demarcación.
Posteriormente el Tribunal Constitucional mediante la sentencia TC/0104/20 ratificó el criterio del TSE.

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