El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible una acción de amparo que buscaba la suspensión de las elecciones presidenciales y congresuales reprogramadas para el 5 de julio venidero.
La sentencia 653-2020 del TSE, emitida este jueves, declara “improcedente” el recurso incoado por José Gilberto Núñez Brun, en virtud de que la actuación atacada no deviene manifiestamente en arbitraria o ilegítima.
El dispositivo establece que “lo que se pretende es la suspensión de los efectos de una resolución emanada de un órgano de administración electoral y, consecuentemente, de las elecciones pautadas para el 5 de julio”.
El TSE ordenó que la sentencia fuera enviada a la Junta Central Electoral (JCE), organismo que pospuso las elecciones generales congresuales y presidenciales para 5 de julio, debido a la crisis sanitaria provocada por el coronavirus.
Los cinco jueces del TSE coincidieron en rechazar el recurso incoado por Núñez Brun y otorgar ganancia de causa a la JCE.
Un total de 7,529,932 votantes están llamados a acudir a las urnas en esta convocatoria electoral, en la que se elegirá al sucesor del presidente Danilo Medina.
RSA fuente EFE