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Imponen 12 meses de prisión preventiva en contra de dos miembros de la red “Kiko La Quema”

Dictan prisión preventiva a imputado de varios robos en Puerto Plata

SAN CRISTÓBAL (República Dominicana).- La Oficina de Atención Permanente de San Cristóbal impuso 12 meses de prisión preventiva, como mediad de coerción en contra de dos hombres imputados por pertenecer a una organización criminal dedicada al narcotráfico y lavado de activos, encabezada por el prófugo José Antonio Figuereo Bautista, alias Kiko La Quema.

El tribunal impuso la prisión preventiva en contra del teniente coronel retirado de la Policía Nacional, Elvi de la Rosa de León y en contra de Ángel Miguel Figuereo, hijo del prófugo Figuereo Bautista, mientras que, a Jonathan Emeterio Lorenzo, le fue impuesta una garantía económica 30 mil pesos en efectivo, el impedimento de salida del país y presentación periódica ante el Ministerio Público.

En el caso de De la Rosa, en su condición de miembro retirado de la Policía Nacional, cumplirá la medida en la cárcel policial del Centro de Operaciones Especiales, mientras que Figuereo lo hará en el centro CCR-17 Najayo Hombres.

El pasado martes también le fue impuesta la prisión preventiva a Wilkin Lorenzo Moreta y la presentación periódica a Ana Luisa de Jesús, quienes también son parte de la desarticulada red encabezada por “Kiko La Quema”.

El Ministerio Público ha establecido que, De la Rosa, en su condición de teniente coronel de la Policía Nacional retirado, haciendo uso indebido de su estatus, se dedicaba a transportar al hoy prófugo Figuereo Bautista (a) Kiko La Quema, a bordo de los diferentes vehículos de la organización criminal, burlando los controles policiales, quien por su investidura transitaba libremente sin ser requisado.

El órgano de justicia ha indicado que De la Rosa también era la persona que compraba y transportaba alimentos, bebidas, insumos y armas de fuego ilegales hacia la zona montañosa donde se encuentra escondido el prófugo “Kiko La Quema”.

Las funciones del imputado Lorenzo dentro de la organización criminal, es gestionar y adquirir los vehículos de motor utilizados como medio de transporte de los miembros de la red, para la comisión de los múltiples crímenes y delitos, como homicidios, golpes y heridas; amenazas, narcotráfico y porte ilegal de armas de fuego, así como también realizar las labores de mecánica automotriz.

EI Ministerio Público les ha asignado a los hechos indicados la siguiente calificación Jurídica provisional de los artículos 59, 61, 265, 266, del Código Penal Dominicano, artículo 66 y 67 de la Ley 631-2016, para el control y regulación de armas, municiones y materiales relacionados y articulo 60 de la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, en perjuicio del Estado Dominicano y la sociedad de San Cristóbal.

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