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Proyecto aprobado en el Senado prohíbe llevar bebidas alcohólicas en vehículos y motores

traslado

Por Mía Espinosa.- Mediante un proyecto de Ley introducido por el senador Santiago José Zorrilla, la Cámara Alta aprobó la prohibición del traslado de bebidas alcohólica en vehículos y motocicletas.

La pieza que busca regular la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas, estipula que el conductor de un vehículo no podrá llevar en el asiento del pasajero, recipientes de alcohol que hayan sido destapados o podrían enfrentarse a multas  de entre cinco y diez salarios mínimos.

De acuerdo al proyecto, las botellas abiertas pueden ser llevadas en el baúl del vehículo y si son motocicletas, no podrán ser movilizadas ni siquiera aunque estén selladas.

La iniciativa que ahora deberá pasar a la Cámara de Diputados para su estudio y posterior aprobación, si consigue ser promulgada, también prohibirá, a través de su artículo 52, el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.

Artículo 52.- “Se prohíbe consumir bebidas alcohólicas obstruyendo la vía pública, aceras, calles, avenidas o parques, perturbando la tranquilidad de las instituciones determinadas por esta ley como sensibles”, cita el apartado.

Asimismo, la pieza establece que los comercios donde se vende este producto tendrían que estar regulados a través de la adquisición de una licencia que será concedida por la Dirección General de Control de Bebidas Alcohólicas (DIGECOBA).

Dicha entidad que será dependencia del Ministerio de Interior y Policía, regulará además la apertura de nuevos locales de venta y consumo de bebidas alcohólicas, los cuales no podrán estar  a menos de 100 metros de hospitales, escuelas, iglesias, parques y otros lugares identificados como “instituciones sensibles”.

El proyecto limita además, el horario de venta de bebidas de 6:00 de la mañana a 12:00 de la noche de domingo a jueves y  viernes y sábados de 6:00 de la mañana a 2:00 de la madrugada, exceptuando a los hoteles que no tendrán restricciones de horario.

Los comercios que incurran en violación de estas disposiciones de horario, podrían ser multados con pago en efectivo o el cierre del local dependiendo la gravedad de la infracción.

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