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Resolución MESCYT que da becas a empleados carece de legalidad; GF también acortó tiempo para otorgarlas

Franklin García Fermín y la Mescyt

A pesar de que en una carta enviada al presidente de la República, Luis Abinader, el ministro de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (MESCYT), Franklin García Fermín, justificara el otorgamiento de becas a empleados de esa entidad amparándose en una resolución, ésta viola los principios de igualdad y carece de legalidad.

Así lo consideran especialistas consultados por el programa Nuria Investigación Periodística, quienes indican que no hay una habilitación jurídica ni razonamiento legal para esa medida de otorgamiento de becas, ya que no está establecida en una ley sino en una resolución.

García Fermín también modificó la Resolución 005-19, acortando el tiempo de labores en la institución para ser beneficiario de las becas, pasando de un año a 6 meses, lo que los especialistas entienden que podría pensarse se hizo con la finalidad de favorecer a sus compañeros de trabajo y de partido, así como funcionarios allegados.

Aparte de una posible violación de la ley, otra falla es que muchas de las becas en carrera que fueron dadas a los hijos de funcionarios se las otorgaron fuera de las convocatorias, como lo reconoce el propio ministro y el encargado de Becas Internacionales del MESCYT, Roger Mora, en una comunicación en una comunicación del 28 de mayo de 2021, en la que responden a un cuestionamiento del diputado del PLD, Gadis Corporán.

Se recuerda que en septiembre del 2020, con apenas un mes en el cargo, el ministro Guzmán Fermín habría dicho que no daría becas a los hijos de funcionarios ni de empresarios, algo que evidentemente no se ha cumplido hasta el momento, según se constata en el reportaje realizado por Nuria Investigación Periodística.

El otorgamiento de becas a hijos de funcionarios viola la Ley 41-08 de Función Pública, la cual establece que los funcionarios no pueden tomar decisiones que les favorecen debido a que se produce un conflicto de intereses, algo que omitió García Fermín en su carta dirigida al presidente Abinader.

Además, la Ley 105-13 de Educación Superior, en su artículo 92, literal h, establece que las becas deben ser otorgadas a jóvenes de escasos recursos y en carreras prioritarias para el Estado, o sea en Ciencias, Tecnología e Ingeniería, conocidas como STEM.

Sin embargo, entre las becas concedidas figuran un diplomado en marketing digital en Reino Unido por un valor de más de 48 mil libras esterlinas y una maestría en liderazgo global, algo que también fue omitido en la referida carta.

Al referirse al aumento de la nómina, el ministro de Educación Superior dijo que “si cruzamos las nóminas, que son públicas, nos daremos cuenta de que aumentó la de contratados, pero disminuyó la de empleados fijos en igual proporción, lo que hace que la nómina se mantenga igual a la que encontramos en agosto del año 2020”.

Nuria Investigación Periodística sumó las nóminas del personal contratado y fijo de ambos períodos. El total correspondiente al 2020 es de 43 millones 425 mil pesos y el del 2021 es de 45 millones 754 mil pesos, es decir que aumentó más de 2 millones 328 mil pesos.

A ese último monto, habría que agregarle 417 mil pesos de una nueva nómina desde junio 2021, de empleados que se encuentran en trámite de pensión. La colocación de estas personas en una nómina aparte, es lo que podría hacer que se vea una disminución en el personal fijo.

Además, hay otras nóminas no transparentadas de la MESCYT como lo evidencia la Planificación de Recursos Humanos colgada en el portal web del Ministerio de Administración Pública, que asciende a 3 millones 560 mil pesos, omitido también en la carta a Abinader.

Otra explicación que el ministro no ofreció en la carta fue el porqué en su declaración jurada de bienes, presentada el 22 de septiembre de este año, omitió los 266 mil pesos que recibe por su pensión en la UASD, así como otros datos de sus descendientes, como lo ordena la Ley 311-14. El 9 de agosto, el diputado Luis Antonio Vargas envió una comunicación al presidente de la Cámara de Cuentas, Janel Andrés Ramírez Sánchez, solicitando una inspección y análisis de la declaración.

“Para ver si violaba la ley que regula la materia en lo relativo a la omisión de informaciones sustanciales y falseamiento de datos, que lleva infracciones previstas y sancionadas en los artículos 14 y 15”, precisó Vargas en referencia a la Ley 311-14 sobre Declaraciones Juradas.

El artículo 14 establece, entre otras cosas, que el funcionario que “omitiere declarar algún bien, incurrirá en faltas graves o de tercer grado, según sea el caso, previstas en la Ley No. 41-08, de Función Pública”.

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