Los abogados del dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y encartado en el caso Odebrecht, Andrés Bautista García, solicitaron al juez presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, que declare la nulidad del proceso, ya que el juez Francisco Ortega Polanco se reconoció incompetente al descartar el delito de asociación de malhechores, único elemento que supuestamente lo comprometía con el senador de San Cristóbal, Tommy Galán.
Los abogados de Bautista Carlos Salcedo Camacho, Antoliano Peralta Romero , Gustavo De Los Santos Coll y Thiaggo Marrero Peralta explicaron que, al percatarse de la incompetencia, el magistrado Ortega Polanco tenía la obligación de hacerla constar y declinar el expediente por ante el tribunal competente correspondiente, que es el tribunal ordinario, particularmente el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional y no fallar como lo hizo, enviándolo a juicio de fondo, cuando le estaba ya prohibido mantener la competencia de la jurisdicción privilegiada, la cual le corresponde solamente al aforado.
“Por tanto, el auto de apertura a juicio está viciado de nulidad en razón de que el juez que dictó la decisión es incompetente respecto de Andrés Bautista García lo cual entraña una violación al derecho al juez natural como parte de las garantías del debido proceso, derecho contemplado en la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos, los cuales tienen el mismo rango constitucional conforme a la Carta Magna”, indicaron.
En ese orden , los juristas solicitaron al presidente de la Suprema Corte de Justicia a que reconsidere las exclusiones probatorias solicitadas por el encartado durante la audiencia preliminar dado que el juez Ortega Polanco, en su auto no hizo ninguna referencia a la solicitud realizada, admitiendo todas las pruebas del Ministerio Público sin fundamentar su legalidad, a pesar de las objeciones formuladas por la defensa.
“La defensa técnica confía en que el presidente de la Suprema Corte de Justicia se erija como juez constitucional y con ello, dicte una resolución que tutele efectivamente el derecho de defensa de Andrés Bautista García y enarbole la supremacía constitucional en el proceso, la cual se le impone a todos los poderes del Estado”.