Inversionista estadounidense denuncia "plan" para despojarlo de su villa en Puerto Plata - N Digital
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Inversionista estadounidense denuncia “plan” para despojarlo de su villa en Puerto Plata

Una pareja de esposos norteamericanos solicitaron la intervención del presidente Luis Abinader y de otras autoridades para evitar ser desalojados de su villa, construída hace diez años, en Cofresí, Puerto Plata.

Esto, tras una sentencia judicial que califican de “injusta e ilegal”.

Los señores David y Brendan Horton reaccionaron sorprendidos al conocer la sentencia emitida por el juez Nassin Eduardo Ovalle, presidente de la Camara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Intancia de Puerto Plata. La misma dispone la adjudicación y desalojo su villa turística y otras cinco, ubicada en Cofresí.

Afirman que esa decisión del magistrado Ovalle se evacuó sin observar ningunas de las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva, a favor de a una compañía extranjera, sin Registro Nacional de Contribuyente ni Registro Mercantil. Pese a la existencia de una sentencia de la Suprema Corte de Justicia.

Piden auxilio a las autoridades

“Señor presidente de la República pedimos por su ayuda para intervenir en nuestro nombre, de todos los propietarios, en nombre mío y de Brenda y de las personas de la costa norte, que esto no pueda proceder”, expresa Horton.

“Sálvennos de esto, salven este país, de lo que ciertamente se sabrá, que nos arrebataron nuestra propiedad, la cual pagamos, y será ¨razón para que ningún otro extranjero quiera invertir en RD”, agregó.

Se recuerda  que varias firmas de abogados recurrieron esa sentencia del magistrado, calificada como un “adefesio Jurídico y un atentado a  la inversión extranjera”. Dijeron que se emitió sin observar ningunas de las garantías del debido proceso y la tutela judicial efectiva.

Los doctores Fernan Ramos Peralta y Tania Colombo, abogados de los propietarios “reales” de los inmuebles afectados por la decisión del juez Ovalle informaron que las violaciones al debido proceso van desde falta de notificación a los acreedores inscritos y causahabientes de la deudora con litis inscritas previas al registro del título ejecutorio y del embargo.

También, violación al artículo 691 del Código de Procedimiento Civil Dominicano, Irregularidad de fondo en el acta de embargo, entre otras faltas.

Explicaron que impugnaron la decisión por todas las vías de derecho. Manifestaron además que sentencias tan cuestionables como esa “hacen más daño que bien” a Puerto Plata como destino turístico y de inversión. A su juicio, esto aleja la inversión.

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