En el mes de julio de este año, el programa Nuria Investigación Periodística presentó un trabajo sobre un posible conflicto de interés de parte del director de Compra de Energía y Regulación EDEESTE, Augusto Bello Richardson, y el gerente de Regulación y Normas de EGEHID, Agustín Francisco Francisco, quienes a través de su empresa privada llamada G440 Energy Consultants SRL, asesoraban a la minera Falcondo para que no tuviera que pagar penalidades por el consumo de energía en la hora pico, utilizando su propia electricidad en lugar de la del sistema, un proceso sumamente normal y legal en el sector.
Lo que se cuestiona no es el servicio en sí, sino que lo presten altos funcionarios del sistema eléctrico.
Los funcionarios de EGEHID y EDEESTE, a través de su empresa privada, acordaron una cuota de éxito de 680 mil dólares, divididos en cuatro cuotas de 170 mil dólares a ser pagados entre mayo y noviembre de 2021 y para el 2022, la suma de 170 mil dólares, antes del 17 de enero de ese año, para un total de 850 mil dólares, equivalente aproximadamente a más de 48 millones de pesos.
Según los expertos consultados, este contrato no es el típico de este tipo de asesorías, pues cuando se habla de cuota de éxito se debe determinar con anterioridad donde estaría ese éxito y acordar el pago de una suma según el monto ahorrado.
El director de compra de EDEESTE y uno de los socios de G440, negó que hubiera un conflicto de interés. Mientras el exadministrador de Edeeste, quien es hoy superintendente de Electricidad, Andrés Astacio, quien suspendió provisionalmente al director de compra de energía así como al analista de presupuesto de EDEESTE, que fue quien registró la compañía G440.
También a raíz de la denuncia hecha en el programa, se dispuso una investigación y solicitó el acompañamiento de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental. Hoy ya tenemos las conclusiones de esta investigación y fueron las siguientes:
Ejecutar la desvinculación del director de Compra de Energía y Regulación, por la comisión de falta muy grave en violación a los apartados 7.1, 4.10 y 7.1 del Código de Conducta debido a que su actividad económica entra en conflicto de interés con la propia EDEESTE.
Elaborar acuerdos de confidencialidad para todos los empleados de EDEESTE donde quede claramente establecido el uso de información dentro y fuera de la empresa.
El informe también entiende pertinente realizar la misma investigación en la misma Superintendencia de Electricidad y en EGEHID, dado que en la misma denuncia se hace referencia a un alto funcionario de esa institución que también es propietario y gerente de la empresa que asesora a la minera.
Toda esta investigación fue remitida al Equipo de Recuperación del Patrimonio Público y al Pepca a los fines de analizar la existencia o no de un acto de corrupción que implicaría la responsabilidad penal de las personas involucradas en una posible distracción o empobrecimiento del patrimonio público, como consecuencia del conflicto de interés detectado.
Mientras tanto el programa Nuria Investigación Periodística se mantendrá dando seguimiento a la evolución a este caso para mantenerlos al tanto.