La ley de Extinción de Dominio es un atentado al estado de derecho y no es necesaria, dice jurista Nassef Perdomo - N Digital
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La ley de Extinción de Dominio es un atentado al estado de derecho y no es necesaria, dice jurista Nassef Perdomo

Por Marcos Contreras. -El experto constitucionalista Nassef Perdomo expresó hoy que la Ley de Extinción de Dominio aprobada hoy en segunda lectura en el Senado de la República, no es necesaria.

“Los procesos penales que se están llevando en la actualidad y los que aparentemente se están investigando, no han contado con la aprobación de una ley de Extinción de Dominio, por lo que no se requiere su aprobación”, resaltó.

Agregó que por contradicciones con la Constitución de la República, la legislatura representa una amenaza para el estado de derecho en el país.

Aseguró que este proyecto hace una “revolución” con el derecho a la propiedad y elimina la escaza seguridad jurídica que hemos logrado alrededor de nuestros bienes con la excusa de que será aplicada a los corruptos.

Lamentó que con el propósito de acabar con herencias que dejó la tiranía trujillista a la sociedad dominicana, como la corrupción administrativa, se tenga la disposición de atropellar esta seguridad.

 “Aquí hay muchas cosas, muchas debilidades institucionales, pero aquí la seguridad jurídica se ha consolidado  gracias a un esfuerzo de las dos generaciones que han gravitado en la vida pública y privada después de la dictadura. No es justo atropellarla para imponer una ley que no es necesaria”, ponderó.

Dijo que el proyecto ha sido mal concebido a propósito.

“La manera en que se ha configurado la figura de extinción de dominio en ese proyecto fue intencionalmente confusa, para que a nadie pueda aplicársele las reglas de este proceso; solamente aplica para lo que le conviene”, dijo Perdomo.

Aseguró que apoyaría una ley esta naturaleza si una persona es extraditada y se le despajan de sus bienes luego de ser condenada.

“Cuando extraditamos a una persona hacia los Estados Unidos, este país renuncia a judicializarla y cuando retorna llega a disfrutar de sus bienes. En esos casos, si la persona fue condenada, sus bienes aquí deberían ser objeto de la extinción de dominio.” manifestó.

El proyecto fue aprobado hoy en segunda lectura por el Senado de la República, luego de fuertes debate entre legisladores oficialistas y de oposición.

La votación concluyó con 20 votos a favor y 8 en contra; pasará ahora a la Cámara de Diputados para ser conocido.

La disposición entrará en vigencia doce meses después a partir de la fecha de su publicación, con la finalidad de propiciar la habilitación presupuestaria, según el último artículo del proyecto.

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