La Defensoría del Pueblo observa un “peligroso” patrón de irrespeto a la vida, la dignidad y la integridad de los ciudadanos que son detenidos por la Policía Nacional, a propósito de la muerte de tres hombres luego de estar bajo custodia de la institución del orden.
Al emitir un informe sobre la muerte de José Gregorio Custodio, David de los Santos y Richard Báez, la institución señaló que un recinto policial es el último lugar donde se deben producir, auspiciar y tolerar situaciones que atenten contra la dignidad de las personas sometidas a la vigilancia de la autoridad.
En el informe la Defensoría del Pueblo asegura que la muerte de los tres hombres eran “perfectamente” evitables, ya que el factor común en cada una de ellas “fue la arbitrariedad, el abuso, el incumplimiento, la inobservancia, el exceso y hasta la connivencia que pudo observarse en estos casos”.
Según el organismo, facultado por la Constitución para establecer este tipo de informes y pedir cuentas a las instituciones públicas, los derechos mínimos de los tres hombres muertos en extrañas circunstancias fueron “abiertamente” vulnerados, independientemente del propósito de la detención.
“Estas personas perdieron sus vidas por cuestiones tan elementales como la falta de comunicación de los mismos con sus familiares o de una atención médica oportuna y humana”, dice la investigación llevada a cabo por representantes de la Defensoría del Pueblo.
En el caso de José Gregorio Custodio, fallecido en San José de Ocoa, la Defensoría del Pueblo dice que no contó con la indulgencia de los miembros de la Policía Nacional ni de los profesionales de la salud que le atendieron, pues el cuadro descrito en los documentos a los que tuvo acceso el organismo indican que es “inaudito” que con esa sintomatología se le retornara al recinto policial cuando lo “razonable” es que permaneciera hospitalizado.
Mientras que en el caso de David de los Santos, detenido en un destacamento de Naco, en el Distrito Nacional, la Defensoría del Pueblo dice que su arresto fue injustificado, ya que no se le imputó la comisión de ningún delito que justificara su permanencia en el cuartel.
“Es evidente que el mismo fue colocado en una situación de vulnerabilidad y los miembros de la Policía, llamados a preservar su integridad, instigaron y toleraron actos de tortura y otros tratos crueles que terminaron por arrebatarle la vida, sin que ninguna autoridad civil o policial comprendiera el estado de salud mental del joven de los Santos”.
En cuanto a Richard Báez, alias El Peluquero, el organismo en su investigación asegura que recibió golpes y heridas que terminaron ocasionándole la muerte mientras se encontraba bajo custodia policial en un destacamento de Santiago Oeste en Cienfuegos.
“Pero lo más extraño es que transcurrió prácticamente un mes y ni el Ministerio Público ni la Policía Nacional habían tomado medidas hasta que los medios de comunicación informaran el suceso”, dice la investigación.
Por tal razón, el Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, exige al Consejo Superior Policial aprobar, con carácter de urgencia, un protocolo de actuación para que los miembros de la Policía Nacional den un trato debido a las personas en condición de vulnerabilidad, especialmente aquellas que padecen de un trastorno o alteración mental.
También, exhortó al Ministerio Público asumir proactivamente las funciones de supervisión y tutela de los derechos de las personas detenidas en distintos recintos policiales del país.
En cuanto al director general de la Policía Nacional, mayor general Eduardo Alberto Then, el Defensor del Pueblo le exhorta a emitir instrucciones para elevar los niveles de transparencia y efectividad de las investigaciones disciplinarias para corregir y prevenir conductas desviadas de miembros de la institución del orden.
La Defensoría del Pueblo hace un llamado a la ciudadanía a denunciar activa y debidamente por todos los canales disponibles, las acciones y omisiones que pongan en riesgo la vida o atenten contra la dignidad de las personas detenidas en los distintos recintos policiales de la República Dominicana.