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Surge incertidumbre ante resolución para formalizar trabajo doméstico remunerado en el país

Surge incertidumbre ante resolución para formalizar trabajo doméstico remunerado en el país

El anuncio del Ministerio de Trabajo que emitirá una resolución para formalizar el trabajo doméstico remunerado en el país, ha creado incertidumbre entre la población y las partes involucradas.

La resolución busca mejorar las relaciones laborales a través de un contrato, establecer el tiempo de las jornadas de trabajo, salarios, vacaciones y la protección a través del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

El reportaje realizado por el programa Nuria Investigación Periodística pone sobre la mesa la opinión de los distintos actores impactados por la regulación del trabajo doméstico en República Dominicana.

El trabajo doméstico se realiza en un escenario distinto al de una empresa, por lo que muchos empleadores temen tener responsabilidades como una, pero por otro lado está él o la trabajadora doméstica, que en la gran mayoría de los casos se han mantenido de espaldas a derechos que garanticen su dignidad de persona.

Según datos de la Encuesta Nacional Continua de Fuerza de Trabajo del Banco Central, para finales de 2021 en República Dominicana se dedicaban al servicio doméstico remunerado unas 259,239 personas, y varios estudios sobre la situación de este sector laboral han planteado que por encima del 90 % son mujeres. Con este grupo laboral se tiene una deuda social acumulda, pues experimentan bajos niveles de escolaridad y en muchos casos, trabajan bajo condiciones de abuso.

Para las trabajadoras domésticas el que este tema resurja lo consideran importante y apoyan el borrador de resolución dado a conocer desde el Ministerio de Trabajo.

Así lo expresa Elena Pérez, Secretaria General Asociación de Trabajadoras del Hogar: “Nosotros estamos de acuerdo con lo que es la resolución. El borrador de resolución emitido por el Ministerio de Trabajo, porque incluye las pautas fundamentales del Convenio 189”.

Y es que la República Dominicana mediante la resolución No. 104-13, promulgada por el Poder Ejecutivo el 30 de julio del 2013, ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, lo cual implica que el Estado Dominicano tiene el compromiso de hacer cumplir estas medidas.

Valentín Herrera, director General de Trabajo explica que “de manera expresa el convenio dispone que el trabajador doméstico no puede tener condiciones menos favorables que la de el común de los trabajadores”.

Aún cuando estas medidas que propone el borrador de resolución del Ministerio de Trabajo están fundamentadas en un acuerdo internacional y corresponden a derechos fundamentales, hay puntos que generan inquietud en los sectores involucrados y no por desconocer los derechos humanos, sino por la realidad social del país.

Ana Bertilia Cabrera, presidenta Asociación de Comités de Amas de Casa Consumidora y Usuaria de Servicio en la República Dominicana dice: “Hay que plantear propuestas que sean viables, porque es un poco difícil que una mujer madre soltera, que gane 25.000 o 30.000 o 35.000 $ y tenga tres niños, tenga que ajustarse a todas estas conquistas económicas y sociales de una trabajadora doméstica que es la que le va a cuidar a sus niños mientras ella no esté”.

La presidenta de la Asociación de Comités de Amas de Casa, representa a parte del sector empleador de los trabajadores domésticas, plantea que tener una trabajadora doméstica no es un lujo sino una necesidad, pues muchas familias necesitan de estos servicios para poder salir a trabajar y llevar comida a sus hijos, pero pudiera resultar incosteable sino se piensa en la realidad del país. De hecho hay quienes piensan que debe ser más que una reolución, una ley con su reglamento de aplicación en la que el Estado disponga los mecanismos que apoyen a las familias empleadoras.

Ivania Rivera, diputada tiene proyecto de ley para regular el Trabajo Doméstico Remunerado manifestó: “no podemos cargarle todo, todo ese, toda esa parte a las familias dominicanas y también establecer un salario mínimo, siempre y cuando, teniendo, teniendo en cuenta las características de este trabajo, que es un trabajo doméstico, que no somos empresas, somos familias. Entonces eh, de parte del Ministerio de Trabajo tiene que venir esa reglamentación para que sea aplicable a las familias dominicanas y no cargarlas de manera que al final no puedan ser, no puedan ser contratada las trabajadoras domésticas”.

Otro punto del borrador de resolución, que abre un abanico de inquietudes es el que plantea el preaviso y desahucio, lo que pudiera motivar demandas laborales, al prescindir de los servicios del trabajador o abandonar este el trabajo sin preaviso.

Para la presidenta Asociación de Comités de Amas de Casa Consumidora y Usuaria de Servicio en la República Dominicana, esta regulación es una conquista pendiente de las trabajadoras domésticas. “Nosotros lo que queremos es que se arregle, que este reglamento lleve todo lo que una trabajadora tiene que conquistar, una trabajadora doméstica, pero sin afectar muchas veces intereses de aquellos que no van a poder darle respuesta, por ejemplo, a una demanda, a un embargo y a esa situación”.

“En tal caso de que haya contestación o haya controversia de punto de vista de reclamaciones, el sistema debe garantizar los mecanismos para la solución del mismo”, expresó Valentín Herrera, director General de Trabajo.

Existen dudas de si estableciéndose un horario laborar de 8 horas, se eliminaría los contratos con dormidas. “La normativa deja las partes la libertad de que lo puedan contratar como lo entienda ahora, tal y como le decía hace un momentito. Como el convenio manda la fijación de una jornada muy específica. Si el trabajador se sale de esa jornada y está a disposición del empleador y digamos, trabaja horas extra, la propia norma establece el mecanismo de cómo pagar la misma y el tema de la jornada nocturna por igual”, argumenta el director General de Trabajo.

Es decir que se seguiran las recomendaciones de pago de horas extras establecidas en el código de trabajo. Sin embargo, el descanso debe ser respetado y garantizar 36 horas semanales, por lo que contratos esclavistas, como este anuncio donde se busca empleada doméstica con el requisito de tener tiempo libre mensual, tendrían que eliminarse, además del irrespeto a la hora de descanso.

María Cornelia Valdez, Secretaria General Sindicato de Trabajadoras Domesticas, narró su caso “Yo tenía que en esa casa hacerlo todo y me daban la hora nada más de ir a la escuela. No tenía tiempo ni para estudiar. Me quemé dos veces en la escuela por falta de no estudiar, porque no tenía tiempo, lo tenía que hacer todo. Desde que me levantaba hasta la hora de acostarme. Era tan tal que si llegaba una visita a esa casa a las 21:00 de la noche, yo tenía que levantarme a preguntarle a la persona que llegaron qué querían cenar”-

Hay muchas mujeres que denuncian violación de derechos y tratos denigrantes, lo que mueve a que el trabajo doméstico sea regulado para que estas cosas dejen de ocurrir.

De igual manera hay incertidumbre en lo refrente a los pagos mínimos que podrán constar como remuneración del trabajo doméstico.

El ministerio de Trabajo ya se está reuniendo a través del del Comité Nacional de Salarios con las partes a los fines de fijar un salario mínimo, de tal manera que son derechos, digamos, muy, muy fundamentales lo que está disponiendo, lo que está mandando el Convenio 189 de la OIT, entre otros derechos, según Herrera.

Una exigencia que ayudará a que la relación laboral entre empleador y trabajador doméstico sea más clara será el requerimiento de un contrato.

El abogado Jean Cristofer Pérez, expresó “lo que no existía es un contrato de trabajo entre la empleadora y la empleada. Ahora, ahora todo se va a hacer constar a través de un contrato que se va a depositar en el Ministerio de Trabajo, donde se van a hacer constar los derechos que tiene la la trabajadora”.

Es importante destacar que se logre la reivindicación de las mujeres y hombres que se dedican al trabajo doméstico remunerado, bajo un margen justo donde tanto empleadores como trabajadores tengan garantías de derecho y diginidad.

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