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Juez Vargas sugiere que solicitud de estado de emergencia detalle sanciones

José Alejandro Vargas

El juez José Alejandro Vargas sugirió este miércoles que las sanciones que se quieran aplicar por la violación del toque de queda impuesto para evitar la propagación del coronavirus estén contenidas en la solicitud de aplicación de estado de emergencia del presidente de la República.

Así lo planteó el magistrado durante su entrevista ante el Consejo Nacional de la Magistratura, donde señaló que “la ley de los estados de excepción remiten a que se creen las sanciones necesarias para quienes los violenten”.

Sancionar cuando se salga en horas de toque de queda “no es difícil. Es simplemente que cuando el presidente de la República envíe al Congreso Nacional la solicitud del estado de emergencia, en esa misma solicitud, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo puede establecer ahí esas sanciones y, si quieren que se impongan multas (…), ahí mismo se pueden insertar”, dijo.

Esas penalizaciones que plantean el Ministerio de Salud y la Procuraduría deben ser transitorias, apuntó Vargas, porque “para establecer una sanción por la violación del toque de queda ya va a requerir de un estudio más consensuado”.

Pero en la actual situación, “cuando el presidente solicite al Congreso que extienda el estado de emergencia ahí mismo hay que insertar las sanciones y se les de la prerrogativa a los juzgados de paz” para que impongan las multas correspondientes.

Asimismo, manifestó su preocupación “cuando se decía que se iba a enviar a los juzgados de paz o de atención permanente la facultad para imponer multas, porque ahí iba a venir el lío”, porque al no haber un tipo penal que aplicar al infractor y haya que soltarlo “va a crecer el contagio y la gente va a acabar diciendo que son los jueves los que tiene la culpa por andar soltando gente”, opinó.

El juez matizó, además, que hoy el toque de queda se aplica por cuestiones de salud, “pero mañana puede ser porque hay un desbordamiento de un río. La violación del toque de queda es una desobediencia a una decisión del presidente de República”, no por contravenir la Ley de Salud.

La semana pasada, la procuradora General de la República, Miriam Germán Brito, revocó la “Instrucción general sobre procesamiento y sanciones por incumplimiento del toque de queda y prohibición de aglomeraciones”, revirtiendo así la instrucción que había emitido a los fiscales el 11 de enero.

Mediante las nuevas directrices, de fecha 15 de enero, se dispone que los integrantes del Ministerio Público deberán procurar que los ciudadanos que violenten las normas sanitarias establecidas por el Poder Ejecutivo, y que a su vez se amparan en declaratorias de Estado de Excepción, sean sometidos ante el juez de Paz de la jurisdicción correspondiente.

Las sanciones incluyen multas de entre uno y diez veces el salario mínimo nacional por el incumplimiento de las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para prevenir y controlar enfermedades transmisibles.

El pasado 8 de enero el Gobierno dominicano prorrogó por otros 45 días el estado de emergencia en el país y el toque de queda vigente se aplica desde las 5.00 de la tarde de lunes a viernes y al mediodía los fines de semana, con tres horas de gracia para realizar desplazamientos. EFE

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