Infobae.-Los turistas y viajeros que lleguen a España sin un test PCR negativo podrían ser sancionados con multas de hasta 6.000 euros (7.086,7 dólares), además de tener que someterse a una prueba rápida como medida para garantizar una movilidad segura, afirmó este viernes la ministra española de Asuntos Exteriores, Arancha González Laya.
“Son multas serias, multas disuasorias, no con interés recaudatorio”, subrayó la ministra en declaraciones a la emisora Antena 3 al ser consultada acerca de la decisión del Ministerio español de Sanidad de que, a partir del 23 de noviembre, se exigirá un PCR negativo a todos los viajeros que procedan de regiones consideradas de riesgo.
España ha aprobado esta medida una vez que la Comisión Europea ha acordado instaurarla en la UE y pese a que la mayoría de países europeos ya exigía este tipo de medidas para entrar en su territorio.
González Laya también señaló que, a lo largo de estos meses, se ha demostrado que la movilidad internacional sólo ha supuesto un “0,08 por ciento de importación de covid”.
Así, según la ministra, de los 5.200.000 viajeros que han entrado en España desde el pasado julio “apenas 4.800 han dado positivo”.
El miércoles pasado, el Ministerio de Sanidad comunicó la obligatoriedad de presentar un test PCR con resultado negativo, realizado 72 horas antes, para los viajeros internacionales procedentes de países de riesgo que quieran entrar al territorio español.
Las agencias de viaje, operadores turísticos y las compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a partir de ahora de esta nueva exigencia a los pasajeros procedentes de países de riesgo y cuyo destino final sea un aeropuerto o puerto español, informó la cartera de salud.
“El Formulario de Control Sanitario que todo pasajero debe cumplimentar antes de su entrada en el país recogerá a partir de ahora una pregunta sobre si dispone de una PCR negativa realizada en las 72 horas previas a la llegada a España”, dijo el ministerio en un comunicado.
“En cualquier momento se podrá solicitar al pasajero la acreditación del resultado de la prueba. El documento deberá ser el original, redactado en español o inglés y podrá ser presentado en formato papel o electrónico”, agregó.
En el caso de los países europeos y de la zona Schengen se seguirá el mapa de riesgo que elabora el Centro Europeo para el Control de Enfermedades (ECDC, por sus siglas en inglés).
Según el último informe de este organismo, están en máximo riesgo todos los países europeos, excepto Noruega, Finlandia y Grecia, que serían a priori los únicos exentos de presentar la prueba.
Para terceros países, la referencia será la incidencia básica acumulada por 100.000 habitantes en 14 días, complementado con las capacidades implantadas según se contempla en el reglamento sanitario internacional.