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Alcaldía de Higüey pone en funcionamiento Consejo Económico y Social Municipal

La Altagracia.- Con el propósito de fortalecer los trabajos, proyectos y el desarrollo sostenible de una ciudad moderna, por primera vez la alcaldía del municipio Higüey dejó este vierne conformado el Consejo Económico y Social Municipal de este cabildo, contemplado en la Ley No. 176-07 del Distrito Nacional y Los Municipios, en su artículo 252.

La juramentación fue realizada por el alcalde municipal Rafael Baron Duluc, quien indicó que este es un paso importante para el municipio, ya que con ello se busca la participación de los diversos sectores de la comunidad, donde haya un espacio que se puedan discutir los planes de trabajo del cabildo, el presupuesto municipal, los puntos prioritarios que son competencia del gobierno central, entre otros.

Agregó que el organismo de recién formación debe ser refrendado por el Concejo de Regidores en su próxima sesión, y de inmediato iniciar el proceso de discusión en la mesa de trabajo, dirigido por un equipo  encabezado por técnicos calificados.

El Consejo, que quedó integrado por más de treinta organizaciones de la sociedad civil, con la posibilidad de ingresar otras que no estuvieron presentes pero que tienen una presencia en el desempeño social de la comunidad.

El organismo estará coordinado por Henry Castillo, en representación del Centro UASD Higüey, y  por Eufemio Reyes, presidente de la Unión de Empresarios de la Provincia La Altagracia, y en calidad de miembros las demás entidades presentes, quienes deberán reunirse tan pronto sea posible para iniciar el proceso de trabajo y discusión de los temas en agenda, a fin de contribuir a desarrollar los planes a favor del municipio.

Se recuerda que el Artículo 252, reza el siguiente:

El Consejo Económico y Social Municipal.

El Consejo Económico y Social Municipal es un órgano de carácter consultivo, integrado por miembros del ayuntamiento y representantes de las organizaciones de la sociedad civil, cuya finalidad consiste en propiciar la participación ciudadana y comunitaria en 10s procesos de políticas públicas, de planificación, y en la toma de decisiones para la gestión municipal.

Párrafo I.- En las secciones y comunidades rurales y en las delegaciones barriales, podrán constituirse Consejos Comunitarios elegidos en asamblea por las organizaciones existentes en las localidades debidamente certificadas por el ayuntamiento. Estos tendrán la misma finalidad que el Consejo Económico y Social Municipal.

Párrafo 11.- Mediante resolución se regularan la organización, funcionamiento y competencias de 10s Consejos Económicos y Sociales Municipales y 10s Consejos Comunitarios.

RSA

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