¡Otro más! Sigue el irrespeto a la Ley de Tránsito
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¡Otro más! Sigue el irrespeto a la Ley de Tránsito

¡Otro más! Sigue el irrespeto a la Ley de Tránsito

Por Raúl Germán Bautista.- Otro conductor, en Santo Domingo, muestra su irrespeto hacia la Ley número 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

En esta ocasión, en la avenida John F. Kennedy, un conductor pasó este miércoles por encima de las señalizaciones y los bornes que se colocan en las vías para dividir los espacios y tratar de reducir los accidentes y taponamientos.

Estos muros, tipo New Jersey (separadores viales) se colocan para los que van por el elevado que pasa por encima de la Abraham Lincoln o los que van por debajo no se crucen entre sí.

“Ningún conductor que haya sido sancionado con el pago de una multa podrá renovar la licencia de conducir o cualquiera de sus trámites, la placa, obtener la inspección técnica vehicular o revista, los seguros de vehículos, la obtención de certificado de buena conducta o traspaso de la propiedad de un vehículo, hasta tanto realice el pago de la multa”, artículo 281 de la Ley número 63-17.

El artículo 289 contempla el Registro Nacional de Antecedentes de Infracciones al Tránsito, Transporte y la Seguridad Vial.

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El INTRANT, bajo la dirección funcional del Ministerio Público, creará y mantendrá un registro con todos los datos de los infractores, prófugos, rebeldes judiciales, inhabilitados, sanciones impuestas y demás información útil para fines estadísticos del Observatorio Permanente de Seguridad Vial, y para garantizar la seguridad, conforme a las normas reglamentarias que al efecto se expidan.

Y el artículo 290, que describe los procedimientos, donde los agentes de la DIGESETT, al levantar el acta de infracción de la violación a esta ley, sus reglamentos y cualquier otra disposición u ordenanza municipal sobre tránsito y transporte indicarán los artículos violados estableciendo la correspondiente citación al infractor.

 

 

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