El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró este jueves inadmisible el recurso de amparo electoral presentado por Ramfis Domínguez Trujillo contra la Junta Central Electoral (JCE), que rechazó su candidatura presidencial de cara a los comicios de mayo próximo.
El TSE tomó la decisión “por existir otra vía jurisdiccional para reclamar los derechos alegadamente vulnerados”, de acuerdo con lo establecido en la sentencia enviada a los medios.
La otra vía para reclamar es la impugnación contra resoluciones de admisión o rechazo de propuestas de candidaturas, habilitado por el artículo 151 de la Ley número 20-23, Orgánica de Régimen Electoral, precisó el tribunal.
Domínguez Trujillo, nieto del dictador Rafael Trujillo Molina, buscaba que el TSE acogiera el recurso de amparo que interpuso contra la JCE, que el noviembre pasado rechazó su candidatura porque no había renunciado entonces a la nacionalidad estadounidense.
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Precisamente este jueves, al llegar al TSE, el político, nacido en Estados Unidos, se mostró confiado en que dicha corte fallara favorablemente a favor de su candidatura presidencial, debido a que ya renunció a dicha nacionalidad.
La Constitución dominicana establece que “las dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad, por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la Presidencia y Vicepresidencia de la República, si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo”.
El mismo articulo establece que, “sin embargo, podrán ocupar otros cargos electivos, ministeriales o de representación diplomática del país en el exterior y en organismos internacionales, sin renunciar a la nacionalidad adquirida”.
El Partido Esperanza Democráática (PED), que postula a Ramfis a la Presidencia, sí fue reconocido por la JCE.