El magistrado Milton Ray Guevara, presidente del Tribunal Constitucional (TC), reclamó la aprobación de leyes complementarias de la Constitución como requisito para poder materializar el concepto de felicidad constitucional.
Ray Guevara citó alrededor de diez reservas de leyes que deben ser aprobadas, asegurando que “el país necesita que los legisladores se decidan a aprobar “.
El presidente de la Alta Corte ha resaltado en múltiples ocasiones que esas leyes complementarias fueron pensadas por los senadores y diputados que participaron en la Asamblea Nacional revisora para elaborar las leyes que la propia Constitución mandaba.
Estas son las leyes que el TC busca aprobar:
La ley del régimen de adquisición y transferencia de la propiedad inmobiliaria en la zona fronteriza, que estará sometido a requisitos legales específicos que privilegien la propiedad de los dominicanos y dominicanas y el interés nacional (artículo 10, numeral 2: régimen fronterizo). La ley de libertad de expresión e información (artículo 49, numerales 1, 2, 3, 4 y 5).
La ley de estímulos e incentivos para la promoción del deporte para todos y todas, la atención integral de los deportistas. La ley sobre la concesión de indultos por el presidente de la República en su condición de Jefe de Estado, los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año (artículo 128, numeral 1, literal j).
La ley orgánica de determinación territorial (artículo 195). La Ley sobre mecanismos directos de participación local (referendo, plebiscito e iniciativas normativas municipales) (artículo 203).
La ley relativa a la región, sus competencias, composición, organización, funcionamiento y número (artículo 196). La ley sobre referendos Nacionales para determinar todo lo relativo a su celebración y condiciones para la realización (artículo 210).
Ley sobre partidos políticos (artículo 216). Ley sobre sistemas de inteligencia del Estado.
Las leyes complementarias tienen más de tres años debatiéndose en el Congreso Nacional y siendo esperadas con ansias por el Tribunal Constitucional.