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Resolución del Ministerio de Trabajo sobre trabajadoras domésticas queda anulada por el Constitucional

La resolución 14-2022 emitida por el Ministerio de Trabajo para formalizar las condiciones de trabajo entre los empleadores y las empleadas domésticas, fue anulada por el Tribunal Constitucional dominicano.

La misma establece que ambas partes (empleador y trabajadora) determinarán las horas en las que las trabajadoras domésticas presentaran sus servicios, quedando estipulado de manera clara en el contrato de trabajo, incluido los descansos dentro de la jornada que preste el trabajador en un mismo día.

El pasado año, el Gobierno dispuso que el salario mínimo para el sector del trabajo doméstico será de 10,000 pesos mensuales, como parte de un plan piloto que busca formalizar la labor de los empleados del hogar acorde con lo establecido en el convenio de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) para ese segmento.

El proyecto, recogido en una resolución del Comité Nacional de Salarios, establece los mecanismos necesarios para incluir a los trabajadores domésticos en el Sistema Dominicano de Seguridad Social bajo el Régimen Contributivo Subsidiado, financiado bajo un esquema de un aporte fijo con cargo al empleador, al trabajador y al Estado.

Esto supone que los empleadores tendrán que registrar a los trabajadores domésticos en el Ministerio de Trabajo y la Tesorería de la Seguridad Social mediante un contrato donde se deberá especificar qué labores concretas realizarán durante su jornada laboral.

La iniciativa reconoce los derechos del colectivo, como salario mínimo, registro ante la Tesorería de la Seguridad Social, delimitación de jornada laboral, cobertura mejorada de seguro familiar de salud, cobertura de riesgos laborales, pensión de sobrevivencia y discapacidad, e inclusión en el programa de pensiones solidarias.

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