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Recurso ante JCE mantiene a la oposición en encrucijada para definir candidaturas de reservas

En una especie de limbo electoral se encuentran partidos políticos de oposición debido a que aún no saben a ciencia cierta la metodología a utilizar para definir la cuota de candidaturas de reservas, a 15 días para vencerse el plazo legal y en espera de que la Junta Central Electoral falle un recurso de oposición sobre la resolución 13-2023, que establece las reservas por cada nivel de elección.

La decisión de lo que determine la propia JCE definirá el camino a seguir para la oposición, pues si ratifica la resolución, entonces el Plan B es recurrir por ante el Tribunal Superior Electoral o el Tribunal Constitucional.

Así lo expresaron, por separados, José Dantés, encargado de asuntos jurídicos del PLD; Manuel Crespo, delegado del PLD ante la JCE y Ramón Rogelio Genao, senador y vicepresidente del Partido Reformista.

PLD SE GUIARÁ POR TOTAL DE CANDIDATURAS. En lo que se investiga el caso y la JCE falle el recurso de revisión incoado por la oposición, el PLD está trabajando su cuota de reserva como manda la ley, que es de hasta un 20% del total de candidaturas y contrario a la disposición de niveles de elección.

Dantés explicó que para el PLD proceder de esta manera, lo hace conforme al Artículo 58, de la Ley de Partidos, relativo al porcentaje para las reservas y que establece que: “En el marco de lo establecido en la Constitución y la presente ley, el organismo de máxima dirección colegiada de todo partido, agrupación o movimiento político, con la aprobación de sus integrantes, tiene el derecho de reservar a conveniencia de su organización política, incluyendo los puestos cedidos a dirigentes de la misma organización o por acuerdos, alianzas o fusiones con otros partidos, agrupaciones o movimientos políticos, un máximo de candidaturas a cargos de elección popular equivalente al veinte por ciento (20%) del total de las nominaciones para los puestos de senadores, diputados, alcaldes, regidores, directores, subdirectores y vocales de distritos municipales establecidas por la Constitución y las leyes”.

Dijo que la JCE hizo una interpretación a su manera sobre la cuota de reserva que no es vinculante a los partidos y sobre todo porque su reglamento no puede estar por encima de la ley.

“Si la Junta mantiene su criterio, nosotros vamos al TSE. Yo estoy seguro que el TSE hará lo que le corresponde, que es habilitar la ley, sostuvo Dantés.

Consideró que antes del dos de junio, la JCE tiene tiempo suficiente para emanar una nueva resolución a los fines de corregir la situación.

FP EN ESPERA DE FALLO. Crespo indico que al día de hoy, la FP aún no ha hecho ningún movimiento para definir la cuota de reserva, pues está a la espera de que la JCE se pronuncie sobre el recurso de revisión y en base a ello proceder.

El dirigente de la FP aspira que la JCE se pronuncie a favor de revisar la medida, porque estima es lo justo y lo legal y entonces proceder a realizar su reserva de manera general, como indica la Constitución y la Ley de Partidos Políticos.

“Obviamente, nos reservamos el derecho dependiendo del fallo: si la Junta ratifica…. pues vamos a transitar el camino del Tribunal Superior Electoral y/o el Tribunal Constitucional, porque la Junta  violado Ley de Régimen Electoral, que es de su competencia; la Ley de Partidos, es su Artículo 58 y la propia Constitución. De modo que: vamos a esperar por la decisión de la Junta”, sostuvo.

Crespo estima que si la JCE retrasa el fallo y no se produce antes del día dos de junio, entonces estaría obligada a extenderlos plazos y que de ratificar el fallo, entonces habría que esperar lo que decidan instancias como TSE y TC.

PRSC PROCEDE COMO EN LAS ELECCIONES DEL 2020. Genao informó que esa organización está trabajando su reserva conforme a las elecciones del 2020 y de manera general y no como lo establece la JCE, por nivel de elección: senadores, diputaos, alcaldes, directores distritales, regidores y vocales.

“La JCE tiene iniciativa legislativa y reglamentaria; o sea,  puede iniciar proyectos de ley  como lo ha hecho  y en función de la ley reglamentar….pero no puede legislar; esto es una atribución exclusiva del Congreso Nacional. La ley habla  del 20% de total de las candidaturas, no habla del 20% de las candidaturas de cada nivel  de elección”, indicó el senador PRSC-La Vega, remitiendo al organismo electoral a la Ley 33-18 y 20-23.

Genao sostuvo que en base al principio de la jerarquía de la norma, ningún reglamento podrá estar por encima  de una ley y que ninguna ley por encima de la Constitución.

“Si la JCE no ajusta y corrige su reglamento en función de la ley, el PRSC  cumplirá con la Ley y  la Constitución en lo que se refiere a la Reserva y lo hará igual que como la hizo para  las elecciones del 2020″, manifestó.

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