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Vence plazo a partidos para presentar presupuestos no desglosados; legisladores piden a JCE sancionar incumplimientos

Congreso Nacional de luto

Al vencer este viernes el plazo que establece la Ley Partidos Agrupaciones y Movimientos Políticos 33-18, para que los partidos presenten ante en la Junta Central Electoral sus presupuestos no desglosados para este año 2023, legisladores oficialistas y de oposición corroboraron en que sean sancionados por la JCE los que no cumplan con la ley.

El presidente de la comisión especial del Senado que tuvo a su cargo la reforma electoral, Ricardo de los Santos, consideró que los partidos deben cumplir con el mandato de la ley, al tiempo que aseguró la JCE tiene la capacidad sancionatoria administrativa para los que incumplen las leyes.

De su lado, el diputado por la Fuerza del Pueblo, Tobías Crespo, calificó como una gran falla que a cinco años de aprobación de la ley, la JCE no haya creado la dirección nacional  de fiscalización para monitorear el destino y ejecución de los gastos de campaña.

En tanto que, el legislador del partido reformista, Máximo Castro, sostuvo que la JCE tiene el deber de hacer que se cumpla ley, por lo que debe responder a los incumplimientos establecidos  al vencer hoy el plazo.

La documentación entregada también debe contener los programas a desarrollar por las organizaciones durante el año.

La credencial debe depositarse en la Dirección Especializada de Control Financiero de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Político de la Junta.

La Ley 33-18 de Agrupaciones y Partidos Políticos establece, en el artículo 62, párrafo II: “Durante los primeros diez días del mes de febrero de cada año, los partidos, agrupaciones y movimientos políticos con vocación para acceder al financiamiento público presentarán, so pena de perder tal facultad, un presupuesto general, no desglosado, conteniendo los programas a desarrollar en el año de que se trate”.

Los partidos en los presupuestos no desglosados deberán informar a la JCE en qué invertirán los recursos que reciben del Estado.

La ley 33-18 dispone que los recursos del Estado que reciban los partidos y movimientos políticos deben ser invertidos no menos de un 10 % en gastos de educación y capacitación; 50 % en asuntos administrativos operacionales y un 40 % para apoyar las candidaturas a puestos de elección popular de manera proporcional en todo el territorio nacional.

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