La Comisión de Apelación de Lidom declaró inadmisible por extemporánea la acción en solicitud de confiscación de juego del equipo Toros del Este contra Águilas Cibaeñas. La Comisión consideró que la acción incoada por los Toros del Este fue interpuesta “fuera de todo plazo razonable”, toda vez que la Resolución RC-01-22-23 que sirvió de fundamento a su reclamo le fue notificada en fecha 8 de diciembre y su acción fue interpuesta en fecha13 de diciembre.
Habiendo declarado la acción inadmisible por extemporánea, la Comisión no estaba obligada a pronunciarse sobre los aspectos de fondo de la reclamación de los Toros del Este.
Por efecto de esta resolución, la Resolución RC-02-22-23 ha quedado sin efecto, por lo que el juego en discusión debe ser mantenido en los registros y estadísticas de la Liga como ganado por Águilas Cibaeñas.