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Fenabanca intima a instituciones para que se abstengan de cobrar impuestos interinos a bancas se han acogido a regulación

El presidente de la Federación Dominicana de Bancas de Lotería (Fenabanca), Juan Antonio del Jesús, intimó vía acto de notificación, a la Lotería Nacional, el Ministerio de Hacienda y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), para que se abstengan de cobrar impuestos de manera interina a las bancas de lotería que se han inscrito en el proceso de regulación que lleva a cabo el gobierno.

En el documento al que tuvo acceso N Digital, Del Jesús pidió a Teófilo Tabar, Jochy Vicente y Luis Valdéz, titulares de la Lotería Nacional, Ministerio de Hacienda y la DGII, paralizar  cualquier acción de índole impositiva toda vez que no ha sido culminado el proceso de regulación que valida y verifica a las bancas de lotería inscritas.

Fenabanca establece que, cobrar impuestos de manera interina sin agotar el proceso de regulación, violaría los derechos adquiridos de aquellos dueños de bancas de lotería legales, violando el derecho a la propiedad establecido en la Constitución, por lo que consideran la medida “descabellada”.

“A que dicha pretensión del Director de la Lotería, de cobrar a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), depositando la data de los que hoy están en dicho proceso de regularización sin haber sido aprobado por el Consejo Consultivo, que está establecido en el decreto 63-22, sería una franca violación a la leyes que regulan dicho sector, especialmente a lo que establece sobre la distancia de los 200 metros lineales de una banca a otra, véase los decretos 1167-01, 730,02, así como el contrato del 19 de diciembre del año 2005, entre la lotería Nacional y La Federación Nacional de Bancas de Lotería (FENABANCA)”, indica el documento.

En febrero del presente año, las bancas de lotería que comercializan sorteos de billetes y quinielas de la Lotería Nacional y que se encuentren operando al margen de la ley tendrán un plazo de 120 días para regularizar sus permisos, según ordena la resolución 061-2022 del Ministerio de Hacienda que crea y establece los lineamientos y requisitos para la regularización de bancas de loterías.

La norma está enmarcada en el Decreto 63-22, del 9 de febrero de 2022, que declaró de interés nacional la regularización de las bancas de lotería que operan en el país.

De acuerdo con el artículo segundo de la resolución, los propietarios de establecimientos afiliados a la Federación Nacional de Bancas de Lotería (Fenabanca), las concesionarias de loterías electrónicas y las bancas de lotería independientes y sin afiliación que deseen acogerse al plan deberán comprometerse -mediante documento escrito y formal- a presentar en esos 120 días un listado de todas las bancas de lotería de su propiedad independientemente de su estatus legal.

El mismo será remitido al Ministerio de Hacienda y deberá contener las siguientes informaciones: nombre comercial de la banca de lotería, razón social, número de cédula o Registro Nacional de Contribuyente, dirección de cada banca, punto de venta o agencia y número de teléfono.

Las declaraciones falsas que se hagan de las bancas o que no contengan la totalidad de los establecimientos indicados de la persona física o jurídica que realiza la declaración se considerarán una falta grave que afectará por igual al conjunto de establecimientos que pertenecen a dicho concesionario, consorcio o asociado y que carezcan de la licencia o permiso de operación.

El documento indica que las referidas faltas podrían dar lugar a la clausura de la totalidad de las bancas propiedad del declarante, incluyendo las que constan del permiso previamente otorgado.

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