Código Penal y el reto de seguir suerte de Extinción de Dominio: Consenso entre partidos y promulgación del Presidente - N Digital
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Código Penal y el reto de seguir suerte de Extinción de Dominio: Consenso entre partidos y promulgación del Presidente

Código Penal

Por: Joel Suriel. – El proyecto de modificación del Código Penal que lleva más de 20 años dando tumbos en el Congreso Nacional tiene el desafío de correr con la misma suerte que la recién promulgada Ley de Extinción de Dominio, iniciativa que logró el consenso entre las principales fuerzas políticas para su aprobación y posterior promulgación.

Durante décadas, los distintos partidos políticos apostados en el Congreso Nacional han jugado una especie de ping pong con el referido proyecto, aprobándolo, rechazándolo o logrando la observación del presidente de la República de turno, lo que obliga a que la iniciativa sea devuelta al Poder Legislativo.

A pesar de que a inicios de año varios legisladores aseguraban que el proyecto iba a ser aprobado antes de terminar la primera legislatura del 2022, eso no ocurrió y la iniciativa quedó sobre la mesa para la próxima legislatura que iniciará el 16 de agosto.

La recién aprobada Ley de Extinción de Dominio logró el consenso de todos los partidos políticos representados en el Congreso, lo que posibilitó su promulgación por parte del presidente de la República, Luis Abinader, algo que no ha pasado con el Congreso Nacional.

Recientemente el diputado José Horacio Rodríguez alertó que en el Congreso se pretendía darle un “palo acechao’” a la población, al aprobar un Código Penal obviando temas que han imposibilitado un consenso entre los legisladores, como la aprobación del aborto en sus tres causales.

Tanto los expresidentes Danilo Medina y Leonel Fernández, como el actual mandatario, Luis Abinader, han prometido en su momento que la República Dominicana contará con un Código Penal moderno y esta es la hora en que el proyecto aún sigue estancado en el Poder Legislativo.

La no aprobación de esta importante pieza ha impedido que la República Dominicana se adapte a nuevos ilícitos penales.

Cada vez que en el país se trata el tema del Código Penal en el país se levantan pasiones tanto de los sectores conservadores, como de los sectores progresistas, principalmente en temas que atañen al aborto, la igualdad de género y algunas tipificaciones de delitos.

En los periodos presidenciales de los dos últimos expresidentes que ha tenido el país antes de Abinader, es decir, Leonel Fernández (2004-2012) como Danilo Medina (2012-2020), el proyecto del Código Penal ha sido aprobado por los diputados y senadores de ese entonces, pero han sido observados por ambos exmandatarios por algún u otro tema controversial.

Mientras, que el actual presidente de la República, Luis Abinader, no solo prometió durante campaña que en su gobierno esta pieza sería aprobada, sino que una vez ya siendo jefe de Estado, prometió que para el 2021 la misma sería aprobada por el Congreso Nacional, de mayoría del Partido Revolucionario Moderno (PRM), organización a la que pertenece.

El proyecto de Código Penal que se ha terminado de leer en la pasada legislatura en la Cámara de Diputados presenta cambios con respecto a la versión aprobada en noviembre del año pasado por el Senado.

En el artículo 123, sobre violencia doméstica o intrafamiliar, los diputados agregaron un tercer párrafo, que indica que no se considerará violencia intrafamiliar la corrección y disciplina a los hijos, ejercida por los padres o tutores “sin patrón de violencia o abuso físico”.

Esta versión también considera que la muerte de un hombre a mano de su pareja o expareja se sancionará con la misma pena que la establecida para un feminicidio.

Se ha eliminado un agravante para el delito de violación, que sí aparecía en la versión anterior: “si es motivada sobre la base de corrección por orientación sexual”.

El artículo 135 de esta versión precisa que: Quien en una relación de sexual de pareja incurra en una actividad sexual no consentida será sancionado con cuatro a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público cuando se haya empleado “violencia, amenaza o coacción e intimidación”.

En la versión aprobada por los senadores se tomaban en cuenta todos esos supuestos y además otros dos que han sido eliminados: el engaño y el uso de la fuerza.

Los abortos forzados se sancionarán con las penas establecidas en el articulo 86, que hace referencia a la lesa humanidad, y contempla una pena de entre 30 y 40 años de cárcel.

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