Congreso quiere dar "palo asechao’" al querer pasar Código Penal mientras país se concentra en Extinción de Dominio, dice José Horacio - N Digital
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Congreso quiere dar “palo asechao’” al querer pasar Código Penal mientras país se concentra en Extinción de Dominio, dice José Horacio

El diputado José Horacio Rodríguez denunció este martes que desde el Congreso Nacional se pretende dar un “palo asechao’” al intentar aprobar el Código Penal sin el debido consenso a pocos días de cerrar la legislatura que será el próximo 26 de julio.

A través de un mensaje colgado en su cuenta de Twitter, Rodríguez dijo que la Comisión de Justicia de manera “callada” pretende rendir un informe favorable de la referida pieza mientras la población está concentrada en el debate que ha generado la Ley de Extinción de Dominio en la República Dominicana.

El congresista calificó que el Código Penal como está establecido actualmente en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados es un “retroceso” para la nación caribeña.

“Como un palo asecha’o, así quieren pasar ahora el Código Penal a pocos días de cerrar la legislatura. Mientras el país se concentra en el debate sobre la extinción de dominio, calladita la Comisión de Justicia rinde informe favorable a un nuevo Código Penal que es un retroceso”, indicó Rodríguez.

El proyecto de Código Penal que se ha terminado de leer en la pasada legislatura en la Cámara de Diputados presenta cambios con respecto a la versión aprobada en noviembre del año pasado por el Senado.

En el artículo 123, sobre violencia doméstica o intrafamiliar, los diputados agregaron un tercer párrafo, que indica que no se considerará violencia intrafamiliar la corrección y disciplina a los hijos, ejercida por los padres o tutores “sin patrón de violencia o abuso físico”.

Esta versión también considera que la muerte de un hombre a mano de su pareja o expareja se sancionará con la misma pena que la establecida para un feminicidio.

Se ha eliminado un agravante para el delito de violación, que sí aparecía en la versión anterior: “si es motivada sobre la base de corrección por orientación sexual”.

El artículo 135 de esta versión precisa que: Quien en una relación de sexual de pareja incurra en una actividad sexual no consentida será sancionado con cuatro a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público cuando se haya empleado “violencia, amenaza o coacción e intimidación”.

En la versión aprobada por los senadores se tomaban en cuenta todos esos supuestos y además otros dos que han sido eliminados: el engaño y el uso de la fuerza.

Los abortos forzados se sancionarán con las penas establecidas en el articulo 86, que hace referencia a la lesa humanidad, y contempla una pena de entre 30 y 40 años de cárcel.

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