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Advierten ley que regula intimidad se presta a persecución contra libertad de prensa; periodistas podrían ir a prisión

Cándido Simón

El jurista Candido Simón advirtió este miércoles de las arbitrariedades judiciales que se cometerían en la República Dominicana de aprobarse como está concebido el proyecto de ley que regula el derecho a la intimidad.

Simón indicó que este proyecto, aprobado el lunes por el Senado de la República, podría restringir la libertad de prensa y alentaría a la persecución contra el periodismo adverso a cualquier poder político autoritario que se instaure en el gobierno.

El abogado entiende que,  de convertirse en ley la propuesta como fue a probada en el Senado, los periodistas podrían ir a la cárcel, en prisión preventiva, por el delito de difamación e injuria.

Parte del análisis del artículo 7 de la iniciativa, en el que se establece el derecho fundamental al buen nombre que, según el abogado, es de redacción difusa y genérica.

“Tiene de grave que termina siendo un tipo penal regido por el Código Penal que puede implicar prisión preventiva por ser de acción penal pública, aunque fuere por un medio de comunicación, diferente al tipo de la ley 6132 (sobre Expresión y Difusión del Pensamiento) que expresamente prohíbe la prisión preventiva”, señaló.

Simón entiende que el proyecto de ley, si bien está sustentado en un mandato constitucional por “reserva de ley”, es más restrictivo que regulatorio, por eso mantiene la difamación e injuria como tipos penales, contrario a la doctrinal internacional moderna que establece que las penas son una modalidad de censura previa que afecta el ejercicio del periodismo y la libertad de prensa.

Esta semana el Senado aprobó en segunda lectura el proyecto de Ley que regula el ejercicio del derecho a la intimidad, el honor, el buen nombre y la propia imagen, el cual fue una iniciativa presentada por la senadora por Bahoruco, Melania Salvador, del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Ese proyecto de ley per­mitiría a los legisladores expresar opiniones que “violenten los derechos fundamentales a la intimi­dad, honor y buen nom­bre”, sin enfrentar conse­cuencias legales.

En el artículo 13 de esa pieza legislativa se establecen las exenciones de “intromisión ilegítima” y en su numeral 2 hace referencia a la potestad que tienen los legisladores. “No se considerará violación a los derechos protegidos por esta ley cuando se trate de opiniones manifestadas por diputados o senadores en el ejercicio de sus fun­ciones conforme lo establece la Constitución de la Re­pública”, indica el proyecto de ley; justamente la Constitución también avala que las opiniones de los legisladores tengan inmunidad.

El artículo 85 de la Carta Magna indica la inmuni­dad por las opiniones que expresen los integrantes de ambas cámaras legislativas pero hace la aclaración de que es durante las sesiones.

El proyecto pasará ahora para su conocimiento a la Cámara de Diputados, que tendrá la potestad de convertirlo en ley.

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