Ley orgánica de la PN considera como una “falta grave” que policías en servicio tengan empleos o negocios privados - N Digital
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Ley orgánica de la PN considera como una “falta grave” que policías en servicio tengan empleos o negocios privados

A pesar de que el Comisionado Ejecutivo para la Reforma Policial, José Vila del Castillo, desconocía si los agentes pueden desempeñar funciones privadas mientras están activos, la Ley Orgánica de la Policía Nacional 590-16 sí prohíbe que los agentes del orden trabajen de manera privada y cataloga esa acción de falta grave.

El artículo 153 en su numeral número 20 determina que es una falta grave desempeñar cargos públicos o privados remunerados, salvo si el segundo se presta en el área de docencia, en jornadas distintas a las que han sido designadas, salvo los casos reglamentados por el Consejo Superior Policial.

También, el numeral 25 del referido artículo prohíbe participar directa o indirectamente en negocios vinculados a la provisión de servicios privados o particulares de seguridad.

Durante una entrevista con la periodista Nuria Piera, Vila del Castillo dijo que no sabe si es un problema o una disfunción que oficiales activos posean empresas de seguridad privada porque desconoce si hay alguna norma de incompatibilidad en ese sentido.

El comisionado expresó  “tengo que ser en esto muy cauto en la respuesta, porque sé que existe, pero no lo he mirado todavía, tengo que ser sincero hay otras prioridades. No sé si es un problema o una disfunción”.

En ese sentido, manifestó que  no sabe si existen normas de incompatibilidades en ese sentido.

Esta problemática fue una constante crítica, del expresidente de la comisión que estudia el proyecto de Reforma Policial en la Cámara de Diputados, Elpidio Báez, quien dijo reiterada veces que es incompatible con la función policial que oficiales posean empresas de seguridad.

De acuerdo con el exdiputado no era confiable que los responsables de la seguridad tuvieran empresas de seguridad.

El Gobierno dio a conocer la semana pasada varias medidas para garantizar la integridad física y los derechos humanos de las personas arrestadas por agentes de la Policía Nacional.

Las medidas fueron anunciadas tras conocerse los casos de David de los Santos, de 24 años, quien murió el 1 de mayo; José Gregorio Custodio, de 37 años (17 de abril), y Richard Báez, de 30 años (5 de abril), quienes fallecieron bajo custodia policial.

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