El Ministerio Público solicitó a un tribunal de esta localidad la imposición de prisión preventiva en contra de María Luisa (Mary Louise) Ventura Garrido, a quien imputa de intento de homicidio en contra de la bailarina y actriz Patricia Antonia Ascuasiati Domínguez.
La Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Villa Altagracia fijó el conocimiento de la medida de coerción para el próximo domingo 27 de febrero, a partir de las 10:00 de la mañana.
A Ventura Garrido se le atribuye la violación de los artículos 2, 295 y 304 párrafo II del Código Penal Dominicano, en perjuicio de Ascuasiati Domínguez, quien recibe atenciones médicas en un centro de salud de esta capital, luego que fuera atropellada por la imputada en la Autopista Duarte.
La solicitud de medida de coerción señala que el hecho ocurrió el pasado 15 de febrero, alrededor de las 4:00 de la tarde, a la altura del Km. 40 de la Autopista Duarte, municipio de Villa Altagracia, en dirección norte-sur.
Indica que ambas se desplazaban a bordo del automóvil tipo sedán, marca KIA, modelo SOUL, color blanco, conducido por Ventura Garrido, quien, al detenerse a la derecha, sobre la referida autopista, atropelló intencionalmente a Ascuasiati Domínguez.
Según establece la instancia, el hecho estuvo motivado porque la víctima le habría exigido a la imputada que detuviera el vehículo a la derecha con la finalidad de conducir el resto del trayecto hacia Santo Domingo, ya que estaba conduciendo de manera temeraria.
Señala que al llegar a la altura del Km. 40 de la Autopista Duarte la encartada toma la derecha y detiene la marcha del vehículo, momento en que la víctima abre la puerta delantera del pasajero, se desmonta del automóvil, y se desplaza hacia la parte delantera.
Detalla que cuando Ascuasiati Domínguez se dispone a cruzar por el frente del carro, de forma repentina es atropellada por la imputada, quien le pasó por encima, quedando la víctima atrapada debajo de la goma delantera derecha del vehículo.
El Ministerio Público indicó que cuenta con distintas pruebas testimoniales, documentales, periciales y materiales que establecen la vinculación de la imputada con el hecho, al tiempo de precisar que la medida que debe ponérsele es la prisión preventiva por existir el peligro de fuga y, sobre todo, por el peligro que reviste para la víctima.