La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) apoya las modificaciones propuestas por la Junta Central Electoral (JCE) tanto a la Ley de Régimen Electoral 15-19 como a la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, las cuales son discutidas en el Consejo Económico y Social (CES) como parte de las 13 reformas que propone el gobierno dominicano.
A través de un documento, la organización de la sociedad civil cargó sus dados contra el transfuguismo político, ya que, a su parecer, es un tema que tensa la lealtad partidaria del derecho a la participación ciudadana.
Para Finjus el transfuguismo debilita el sistema de partidos en tanto que un candidato tránsfuga se sirve de la plataforma electoral del partido político que los postuló, o la agenda legislativa que impulsa, provocando que el ciudadano votante vincule sus propuestas con la estructura partidaria.
“Esto deriva en la falta de credibilidad del elector en sus representantes populares y merma la calidad de la democracia. Ahora bien, la configuración de la definición del transfuguismo o de su tipificación como delito no puede obviar los límites el derecho de libertad individual de participación política y es por ello que requiere un análisis pormenorizado a fin de no afectar en demasía el derecho de cada quien”, dice el documento al que tuvo acceso N Digital.
La organización entiende que la ley debe orientarse hacia el desincentivo del transfuguismo ilegítimo el cual se muestra incompatible con los principios constitucionales que prefiguran en régimen de partidos y movimientos políticos, al afectar gravemente la disciplina al interior de esas organizaciones y, entorpecer el fortalecimiento de las mismas, lo cual es un presupuesto base para la garantía de la democracia participativa y pluralista.
Finjus sostiene que la conducta tránsfuga evidencia el oportunismo político en la República Dominicana, que perpetúan las costumbres que se han dado a lo largo de las elecciones que se han celebrado en el país, además de que es partidaria de la violación de las reglas de convivencia.
Distribución económica de los recursos del Estado
Este aspecto fue una de las observaciones de mayor importancia que desde Finjus se realizó respecto de las debilidades de la ley 33-18, dice el documento.
Y es que la distribución que se estableció en la ley, esto es un 80% de los recursos del Estado en partes iguales entre los partidos que hayan alcanzado más de un 5%, un 12% distribuido entre todos los partidos que hayan alcanzado más del 1% y menos del 5% y el restante 8%, entonces, será distribuido entre los partidos que hayan alcanzado entre 0.01% y 1% de los votos válidos obtenidos en la última elección, constituyó una herramienta que perpetuaba la inequidad en el contexto electoral y partidario dominicano.
“Se trató de un retroceso en los trabajos de mejora del régimen electoral y partidario cercenando los presupuestos de equidad inherentes a la consecución de un Estado democrático, pues permite a los partidos mayoritarios ostentar un control cuasi absoluto de los recursos provenientes del Estado y con ello”, reza el documento.