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MSP actualiza resolución que prohíbe fumar en establecimientos de salud públicos y privados

El Ministerio de Salud Pública, presentó la resolución 000066, que actualiza la 000018 de mayo del 2015, que declara lugares libres de humo a todos los establecimientos de salud públicos y privados del país.

El titular de Salud, doctor Daniel Rivera indicó que el tabaquismo representa un factor de riesgo para diversas enfermedades y las personas que están expuestas al humo del tabaco, aunque no sean fumadoras, corren igual riesgo.

La resolución, además de la Ley General de Salud 42-01, está basada en lo que establece la Ley 48-00, del 26 de julio de 2000, que prohíbe fumar en tres escenarios: lugares cerrados bajo techo de uso colectivo, vehículos públicos destinados a transporte de pasajeros y vuelos de transporte de pasajeros nacionales e internacionales.

Por tanto, “los hospitales y otros centros de salud son los lugares menos idóneos para fumar porque las personas demandan servicios de salud y si se exponen al tabaco puede agudizar más su padecimiento”.

Así mismo, expresó que el “vapeo” está siendo utilizado como un instrumento que no afecta la salud, ignorando que puede contribuir a aumentar el asma, las rinitis alérgicas y las afecciones bronquiales, por tal motivo es necesario dar a conocer también conjuntamente con la resolución 000066 la Ley General de Salud 42-01.

La resolución 000066 fue socializada con el Servicio Nacional de Salud SNS y el Colegio Médico Dominicano CMD, durante una reunión virtual encabezada por el ministro de Salud donde estuvieron los doctores Senén Caba y Mario Lama quienes se comprometieron a hacer cumplir las disposiciones contenidas en dicha resolución.

Para su cumplimento, el documento debe ser publicado en los portales web de los diferentes establecimientos e instituciones de salud y en el entorno de estos lugares para orientar a las personas, además se debe capacitar al personal sobre la importancia de la misma.

 

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