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Eduardo Jorge Prats afirma el centro de la reforma a la Seguridad Social debe ser el trabajador

Eduardo Jorge Prats

Santo Domingo.- El abogado Eduardo Jorge Prats expresó que al momento de hablar de reforma de seguridad social, el eje fundamental debe ser el trabajador pese a que los empleadores muestren sus desacuerdos.

Manifestó que viendo que las micro y medianas empresas para incorporarse al sistema van  a tener que asumir una serie de costos fiscales, sería oportuno elaborar un esquema que permita incorporar más empresas y a su vez formalizar más trabajadores.

Para esto sugirió una mesa de diálogo y un consejo tripartito que se puede hacer preservando los tres ejes de una reforma que sería protección, sostenibilidad financiera y activación de la empresa, conjuntamente con la activación de los empleos.

“En República Dominicana todos quieren ser propietarios no proletarios y esto  solo se logra sencillamente con un clima fiscal que no sea un paraíso fiscal pero que tampoco lo convierta en un infierno tributario” aseveró Prats.

Dijo que es preciso que el Estado trabaje para lograr pensiones dignas, pero sobre todo  mayor educación ciudadana ya que esta ha sido la más fehaciente aliada de la inconformidad de los trabajadores en cuanto a pensión de retiro se refiere.

Al ser entrevistado en el programa radial El Sol de la Tarde,  el jurista hizo hincapié en qué los trabajadores dominicanos deberían dejar de lado la costumbre de querer imitar los modelos de destrucción de otros países.

De igual manera aseguró que es el Estado dominicano el verdadero responsable del arranque del régimen contributivo subsidiado.

Calificó, además, al Estado dominicano como el verdadero paradigma de lo que es un buen sistema de seguridad social puesto que mientras en otros países como Chile los trabajadores deben aportar el 100 por ciento a los fondos de pensiones, República Dominicana felizmente solo aporta el 30.

Sobre la Ley de Seguridad Social

La  Ley 87-01, tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitución de la República Dominicana, para regularla y desarrollar los derechos y deberes recíprocos del Estado y de los ciudadanos en lo concerniente al financiamiento para la protección de la población contra los riesgos de vejez, discapacidad, cesantía por edad avanzada, sobrevivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales.

El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones públicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a los recursos físicos y humanos, así como las normas y procedimientos que los rigen.

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