El Partido Revolucionario Dominicano consideró hoy que el Tribunal Superior Administrativo, con la decisión que acaba de emitir, hizo justicia robusteciendo el sistema de partidos políticos al anular la resolución 02-2021 emitida por la Junta Central Electoral.
Dijo que el máximo órgano electoral debió interpretar oportunamente lo dispuesto por el artículo 61 de la Ley Núm. 33/18, en acatamiento de las disposiciones del artículo 74.4 de la Constitución de la República, al amparo de los principios de favorabilidad, seguridad jurídica y legalidad.
El doctor José Fernando Pérez Volquez, delegado político del PRD, dijo que con este hecho, el Tribunal Superior Administrativo le reconoce su condición de partido mayoritario a esa organización, al tiempo de que queda establecido que las organizaciones políticas que accionaron contra la resolución No. 02-2021, de fecha 17 de febrero de 2021, tenían razón al considerar que la Junta Central Electoral, al emitirla debió tomar en consideración el principio de favorabilidad.
“Así fue planteado por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD); que, en el nivel congresual obtuvo 5.55% y en el nivel municipal 4.97 %. Por ello, como desde un principio lo planteamos los abogados del glorioso PRD, los Licdos. Juan Ramón Vásquez, Ramón Encarnación Montero y un servidor, en la resolución de marras, se debió tomar en consideración el nivel, en el cual cada una de las organizaciones obtuvo el mayor porcentaje de la votación, en virtud de la manifestación de la voluntad del sufragante, y más aún en el caso de que la organización haya concurrido sin alianza en un nivel o fuera, de forma parcial como es el caso del PRD” argumentó.