La Cámara de Diputados de República Dominicana aprobó este miércoles una modificación del proyecto del Código Penal que señala la modificación del artículo 120, sobre trato cruel, inhumano o degradante que será sancionado con dos a tres años de prisión y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público.
La modificación de este y otros artículos fue presentada por la diputada Ysabel de la Cruz y fue aprobada con 92 votos a favor y 35 en contra en el pleno de la Cámara baja.
El párrafo 1 modificado expresa: “será culpable de trato cruel, inhumano o degradante quien de forma dolosa atente contra la dignidad o integridad física o moral de una persona, generándole humillación, vejación, todo trato cruel, inhumano y degradante, deberá ser de manera directa comprobable y que no subvierta el libre derecho de expresión y culto ni ningún otro derecho o prerrogativa de las personas. esta infracción será sancionada con dos a tres años de prisión y multa de nueve a quince salarios mínimos del sector público”.
Otras modificaciones se han producido en el artículo 97, que define el homicidio agravado, y en el 118, que tipifica las torturas.
El artículo 186 del nuevo Código Penal tipifica el delito de “discriminación” y castiga actos como negarse a suministrar a una persona un bien o servicio, obstaculizarle una actividad económica o negarse a contratarle debido a su origen, edad, sexo, raza, condición económica o religión, entre otros motivos.
El proyecto de Código Penal pasará ahora al Senado, cámara en la que se podrán introducir modificaciones al texto, que sustituirá al actual Código Penal, que data de 1884.