SANTO DOMINGO, República Dominicana. – El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que juzga el denominado caso Odebrecht, negó la incorporación de las delaciones premiadas como pruebas contra los imputados, tutelando las garantías procesales, como dispone la Constitución de la República.
Al emitir el fallo a unanimidad, las juezas integrantes del tribunal, Esmirna Giselle Méndez, Tania Yunes y Jissel Naranjo, dejaron claro que sólo están sujetas a la Constitución y a las leyes.
Las delaciones premiadas son actas escritas en las que alegados empleados de Odebrecht relatan -sin decir cuándo, ante quién, y sin dar oportunidad a las defensas de contra interrogarlos- versiones confusas, cuando no contradictorias, acerca presuntos hechos ilegales.
Las defensas restaron importancia a las declaraciones o delaciones en sí mismas, por estar llenas de suposiciones y especulaciones que las hacen inútiles como piezas de convicción.
“Lo valioso es el precedente, pues el tribunal deja claro -con esta decisión- que somos un Estado de derecho. De haber triunfado la moción del órgano acusador, en lo adelante los ciudadanos podrían verse expuestos a ser acusados y juzgados en base a declaraciones de personas cristalizadas en actas escritas, lo que impediría el único medio de someter este tipo de pruebas -declaraciones- al calor del debate contradictorio: el contra-interrogatorio”, dice una los consejos de la defensa en una declaración.
Las defensas manifestaron estar satisfechas por la decisión del tribunal e indicaron que el precedente será valorado positivamente por la comunidad jurídica, por tutelar los derechos fundamentales de los procesados, entre ellos el derecho a confrontar a los acusadores, reconocido por la Convención Americana de los Derechos Humanos.
Mientras el Ministerio Público destacó que son pruebas legales que forman parte de los documentos que viene presentando en el proceso, enviadas desde Brasil en el marco de una cooperación jurídica internacional abierta.
Según el Ministerio Público, las delaciones son pruebas comunes que forman parte de la oferta probatoria de la Pepca para demostrar la acusación por los sobornos en contra del empresario Ángel Rondón Rijo, quien fungió como representante de la firma brasileña en sus negocios con el Estado dominicano.
También, contra los coimputados Porfirio Andrés Bautista García, expresidente del Senado; Tommy Alberto Galán Grullón, exsenador de la provincia San Cristóbal; el abogado Conrado Pittaluga Arzeno, así como de Víctor Díaz Rúa, exdirector del Instituto Nacional de Aguas Potables y Alcantarillados (Inapa) y exministro de Obras Públicas, y Roberto Rodríguez Hernández, también exdirector del Inapa.