Santo Domingo.- El Presidente Danilo Medina mediante el decreto 216-20 crea la Red Nacional de Servicios de Sangre como el conjunto de servicios de bancos de sangre y transfusión sanguínea del Sistema Nacional de Salud.
Establece que la red está integrada por el Hemocentro Nacional, los bancos de sangre públicos y privados, así como los servicios de transfusión y organización de donantes, de acuerdo con la Ley número 42-01 General de Salud y su normativa complementaria.
Entre las funciones que ejercerá el Ministerio de Salud Pública, en lo que respecta a la Red Nacional de Servicios de Sangre, se incluye lo siguiente:
Categorizar y establecer la definición de funciones, localizaciones geográficas, relaciones interregionales e interinstitucionales, el modelo de gestión y las estrategias operacionales y financieras de los integrantes de la red.
Vincular a las instituciones de salud vinculadas a la hemoterapia, la calidad de la sangre y la promoción de la donación e integrarse a la Red Nacional de Servicios de Sangre, estableciendo los convenios y acuerdos necesarios para definir la participación y responsabilidades de cada uno.
Realizar, por lo menos cada cuatro años, los estudios para la estimación de necesidades de sangre, sus derivados y componentes en el Sistema Nacional de Salud.
Además mediante el decreto 217-20, el mandatario establece que la Dirección General de Emergencias Médicas, órgano desconcentrado del Ministerio de Salud Pública sea transformada en Dirección de Emergencias Médicas, dependiente del Servicio Nacional de Salud (SNS).
La información la ofreció el portavoz de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de Twitter.