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ONPECO se opone a modificación Ley de Seguridad Social, para acceder a fondos de AFPs

El Observatorio Nacional para la Protección del Consumidor (ONPECO), se opone al proyecto de ley que busca la modificación de la Ley 87-01 del Sistema Dominicano de la Seguridad Social, con el fin de que los cotizantes puedan acceder al dinero ahorrado en los fondos de pensiones en las denominadas AFPs, para hacer frente a la crisis generada por la pandemia del coronavirus.

Manifiestan que el anteproyecto sometido por el senador de Pedernales, Dioni Sánchez busca introducir nueva vez modificaciones a la Ley para realizar cambios a algunos artículos de la citada  ley, que permita acceder a los fondos, a los ahorrantes del Sistema Dominicano de Seguridad Social, quienes deben esperar acumular 360 cuotas para obtener sus ahorros en las Aseguradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

“Es decir, que hayan empezado a  laborar como empleados a los veinte años de edad y hayan cumplido los 60 años, o que habiendo iniciado su vida  laboral a los 30 años, tengan 70 años o más, bajo los términos de los artículos 35 y 39 de la ley de la materia”, precisa OMPECO.

Resaltan que “la única reforma viable a la Ley 87-01, desde la perspectiva del ONPECO, es la modificación de los artículos 35 y 39, a los fines de que se baje a 35 años la edad del ingreso tardío, y que,  al segmento actual de ahorristas considerados tardíos, a los que se les ha venido denegando reiteradamente la devolución de sus fondos acumulados,  se les  devuelvan sus fondos ahorrados, considerando que la etapa de la vida en que se encuentran necesitan de mayor atención médica, uso de medicamentos, alimentación saludable, entre otras necesidades”, destaca la entidad.

Dicen que esta sería una medida de justicia y aplicación de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, ya que, con la devolución del dinero acumulado, además de servirles como fuente de recursos para atenuar sus necesidades básicas, y en algunos casos, serviría también como elemento dinamizador de la economía, pues los utilizarían para mejorar su calidad de vida.

Establecen que la ley ha sido objeto de varias modificaciones, todas con el mismo  propósito: Que personas que no son los ahorrantes del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), accedan a dichos fondos. Así el gobierno central se procuró una reforma a esos fines y desde el inicio, las denominadas administradoras de riesgos laborales, de fondos de salud y de fondos de pensiones, se han beneficiado  en el uso y abuso de la enorme masa de dinero así creada, pero que rara vez llegan a sus reales destinatarios y los dueños de esos fondos, sin embargo, solo reciben migajas insignificantes como pensiones, por accidentes laborales, servicios médicos que se  obtienen luego de ir al Muro de las Lamentaciones y/o al mismo Monte Calvario.

“La última reforma, es la Ley No. 13-20, de este mismo año, supuestamente con el objeto de “fortalecer la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) y la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados de la Seguridad Social (DIDA), modificar el recargo por mora en los pagos al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y modificar, además, el esquema de comisiones aplicados por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Pero como se sabe, la DIDA sigue igual, sin voto en el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), sin recursos y sin posibilidad de realizar su labor; los empresarios morosos, felices, porque le quitaron de encima una deuda acumulada por 19 años, y las Administradoras de Fondos  de Pensión siguen igual, pues además de plazos escalonados, la nueva ley (13-20) le ha otorgado un gracioso plazo de gracias para que dejen de servirse con cuchara grande los  recursos a ellas confiados, y siguen actuando sustentadas en simples resoluciones que emite el CNSS, muchas de ellas en perjuicio de los ciudadanos afiliados. Es decir, dicha reforma, no fue más que una farsa: se modificó algo para que todo continúe igual”, afirma OMPECO.

Precisan que es de todos sabido que el problema es del modelo privatista en su conjunto, que se tomó observando las experiencias neoliberales chilena y colombiana, cuando el modelo a seguir debió ser el de los países nórdicos o los modelos de Costa Rica y de Uruguay, o  cualquier  otro modelo universalista y humano donde la salud y los derechos de las personas no sean vistas como simples mercancías, donde una persona, luego de haber servido a la sociedad durante toda su vida productiva sea  tratada como  desecho a ser eliminado por diferentes vías. Ya que el ahorro es, precisamente, para no caer en estado de indefensión.

La propuesta del Senador Dioni Sánchez tiene el objeto de que los pensionistas puedan disponer a partir de la pandemia del coronavirus, con al menos, el veinte (20%) por ciento de sus ahorros sin tener que esperar a completar las 360 cuotas que, a ojo de buen cubero, significa después de haber laborado un mínimo de 30 años ininterrumpidos y tener 60 años de edad, como mínimo.

Refieren que a simple vista, la propuesta parece tener lógica, porque no es lo mismo acceder a un veinte por ciento ahora, a esperar la jubilación para obtener quizás el mismo veinte por ciento de ahora como pensión y evitar que las ARS, ARL, AFP, el sector privado por intermedio de la Ley sobre fideicomiso y el gobierno, sean los únicos beneficiarios presentes y futuros de dichos fondos.

“Sin embargo, las dificultades de este anteproyecto radican en el hecho de que contraviene el espíritu mismo de la ley e incluso de la Constitución, pues con ello se incumplen los artículos 60 y 61 de la carta magna. Es como pretender que los responsables de la aparición de la pandemia del coronavirus sea la parte laboral y que el capital y el gobierno están exentos de responsabilidad. En la mayoría de los países los gobiernos han asumido la crisis sin disponer de los Fondos de Pensiones porque los mismos tienen sus dueños, los trabajadores”, advierten.

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