El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó y declaró inadmisible este jueves la acción incoada por el exsenador Luis José Gonzalez Espinosa y otros dirigentes del Partido de los Trabajadores Dominicanos (PTD) en contra de que esa organización cambiara su nombre por el de Fuerza del Pueblo (FP).
El TSE, en su sentencia 007-2020, rechazó el pedido de inconstitucionalidad que argumentó el grupo, con lo cual da ganancia de causa al exgobernante Leonel Fernández, presidente de la Fuerza del Pueblo y candidato presidencial por esa organización.
El artículo primero de la sentencia rechaza el recurso presentado ante ese tribunal por González Espinosa y Manuel de Jesús Florián, Genris Rodríguez, Bienvenido Reyes Shepard, Jonatan Eleiezer Matos Beltré y Miguel D’Oleo Vásquez.
El tribunal declaró “inadmisible” la demanda en nulidad interpuesta por el grupo contra el cambio de nombre del PTD por el de Fuerza del Pueblo y acoge la posición exteriorizada por Fernández y el PTD, quienes argumentaron la legalidad del proceso.
El 27 de octubre de 2019, el PTD celebró su XII Convención Nacional Electoral en la cual aprobó el cambio de nombre al de Fuerza del Pueblo y escogió a Fernández como su candidato presidencial para las elecciones de mayo venidero.
En noviembre pasado, el TSE dictaminó que dictaminó que Fernández no tiene ningún impedimento constitucional ni legal para ostentar una candidatura a un cargo público en las elecciones de 2020.
El TSE consideró como inconstitucionales los artículos de las leyes de Partidos y del Régimen Electoral que atañen al transfuguismo, y en ese orden, hizo prevalecer los artículos de la Constitución en los se garantiza el derecho ciudadano de elegir y ser elegido.
Fernández renunció del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) a finales de octubre, semanas después de perder la nominación presidencial por esa organización ante el exministro de Obras Públicas en unas primarias abiertas en las que denunció un presunto fraude en su contra.EFE