El presidente Danilo Medina dictó este miércoles el reglamento de clasificación y registro de las Mipymes, mediante el decreto 404-19.
El mismo, tiene como objeto establecer las disposiciones para aplicar, complementar y hacer operativa la clasificación legal y el Registro Empresarial para el Desarrollo y Competitividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
El articulo 12 del decreto establece que de acuerdo con el 22 de la ley 488-08 se crea el registro empresarial Mipymes ,a cargo del viceministro de Comercio Interno, en coordinación con el viceministro de Fomento a las Mipymes.
Del mismo modo, el articulo 19 dice que el Ministerio de Industria y Comercio y Mipymes verificará los criterios de clasificación por tamaño y demás requisitos establecidos en la ley 488-08 y este reglamento.
La disposición del Poder Ejecutivo fue dada a conocer por el portavoz del Gobierno, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta de Twitter.