JCE aumenta a 20% auditoría aleatoria en nivel presidencial - N Digital
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JCE aumenta a 20% auditoría aleatoria en nivel presidencial

El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE), encabezado por su presidente, Julio César Castaños Guzmán, dispuso este lunes el aumento a un 20% de la auditoría aleatoria en el nivel presidencial de los resultados del sistema de voto automatizado que se implementará en las primarias simultáneas del próximo domingo 6 de octubre.

La JCE estableció igualmente el procedimiento mediante el cual se realizará dicha auditoría en 1,474 mesas de votación, equivalente al 20% del total que operarán en las primarias, las cuales fueron escogidas de forma aleatoria en todos los municipios del país.

La auditoría a realizar consiste en la verificación de la relación impresa que contiene los resultados obtenidos por cada precandidato presidencial con los votos físicos que se encuentran depositados en las urnas.

Según dispone el documento denominado “Procedimiento para la Auditoría del 20% de los votos emitidos en el nivel presidencial”, la misma se realizará en las mesas en las que la valija contenga un sobre manila dentro del cual se indique que habrá auditoría. En esos casos, deberá realizarse el escrutinio manual.

La conducción de la auditoría corresponderá al secretario y segundo vocal de la mesa, quienes auditarán a un partido, y al sustituto de secretario y el primer vocal de la mesa, quienes auditarán el otro partido, todos bajo la supervisión del presidente de la mesa.

Para ese fin, una vez extraídos los votos de la urna, serán separados por partido y los funcionarios designados, de manera simultánea, procederán a determinar el total de votos obtenidos en esa mesa por cada partido político. En segundo orden, se separan los votos obtenidos por cada precandidato presidencial, a los fines de contar manualmente las boletas de cada partido político y de compararlas con los resultados contenidos en las respectivas relaciones de votación generadas por el módulo de Voto Automatizado, debiendo coincidir las cantidades.

Una vez concluida la auditoría, el Secretario de la mesa realiza el llenado de acta de la mesa de votación (Formulario No.4), en la cual se consignan las situaciones relevantes ocurridas en el proceso, y se hará constar expresamente si la sumatoria de los votos depositados físicamente en la urna en el nivel presidencial cuadran con los resultados de la relación de votación impresa por el módulo. dicha acta será firmada por todos los miembros de la mesa de votación y por los delegados políticos que así lo deseen.

El procedimiento determina igualmente que los trabajos de auditoría no detendrán el flujo de la transmisión de los resultados provisionales y se hará constar en el acta cualquier situación que contenga las causas que ameriten una impugnación razonable de esa mesa, para fines de que se envíe a la junta electoral del municipio en cuestión, que es la competente para conocer de dicha impugnación.

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