Los fiscales que actuaron en el proceso penal contra el suicida y asesino de Anibel González, Yasmil Oscar Fernández, violaron dos instrucciones del procurador general de la República que deben aplicar los representantes del Ministerio Público para el abordaje correcto de esos casos.
De acuerdo con un comunicado de la Procuraduría General de la República (PGR), Pedro Núñez Jiménez y Margarita Hernández Morales fueron advertidos de que los acuerdos plenos y parciales en un proceso penal, y específicamente en caso de violencia de género agravada, están sujetos a ser comunicados con anticipación al director nacional de persecución, y autorizados por la PGR, para la investigación y persecución eficaz de los mismos.
La entidad explicó que los fiscales, que están suspendidos, también quebrantaron lo establecido en el memorándum de fecha 28 de febrero del año 2017 donde les instruye a los titulares que los acuerdos, tanto plenos como parciales, previo a su ejecución, deben ser notificados y autorizados por escrito por el director de Persecución del Ministerio Público.
Con respecto al acuerdo al que se arribó en el caso de Yasmil Oscar Fernández, la PGR precisó que en fecha 06 de febrero del año en curso, el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia de San Pedro de Macorís, homologó el Acuerdo Parcial suscrito entre el imputado, la representante del MP y encargada de la Unidad de Atención Integral a Víctimas de Violencia de Género, Margarita Hernández.
Informó que tan pronto las autoridades superiores del Ministerio Público tomaron conocimiento de dicho acuerdo aprobado por el tribunal, el director de persecución del MP, Fernando Quezada, envió el 11 de febrero del mismo año, un memorándum al fiscal titular de SPM, Pedro Núñez, solicitándole realizar una investigación sobre el proceso penal, advirtiéndole que ese despacho desconoce quién autorizó dicho acuerdo.
“Es importante señalar, que cuando las autoridades superiores del MP tienen conocimiento de dicho acuerdo, es ya un acuerdo homologado por un juez y de acuerdo a la norma procesal, la única vía que tenía el MP actuante era solicitar la revocación del mismo por ante el juez de la ejecución de la pena, siempre que tuviera información y evidencias de que el imputado estaba incumpliendo con lo acordado en dicho acuerdo”, señala el comunicado de prensa.
La PGR explicó en ese sentido, que en estos momentos la inspectoría del MP profundiza las investigaciones de este caso y dijo que una de las cosas que espera determinar en esta investigación es si el Ministerio Público actuante contaba con esas evidencias para poder solicitar su revocación y, si aun teniéndolas, no procedió con las diligencias de lugar.
El órgano rector del Ministerio Público informó que trabajan para esclarecer los hechos y expresó que habrá consecuencias de determinarse durante la investigación que en este caso se incurrió en actuaciones que riñen con la ley.