Un tribunal de El Salvador reanudó este viernes el juicio a Evelyn Hernández, acusada de homicidio agravado por parir en su casa a un bebé presuntamente muerto, bajo la severa legislación antiaborto en el país centroamericano.
“Estamos esperanzadas de que vamos a tener un resultado positivo a favor” de Hernández, declaró a la AFP la abogada Elizabeth Deras al iniciarse la jornada en el Centro de Justicia de la localidad de Ciudad Delgado, en la periferia noreste de San Salvador.
Hernández, de 21 años, había sido condenada en julio de 2017 a 30 años de cárcel, pero la sentencia fue anulada en febrero de este año en virtud de una resolución de la Corte Suprema de Justicia. La joven fue liberada después de 33 meses encarcelada.
En la resolución, la Corte ordenó un nuevo juicio con un tribunal diferente.
El nuevo proceso, que comenzó el 16 de julio, se reanudó el jueves pero fue suspendido por la ausencia de una policía testigo de la Fiscalía, por lo cual el juez José Jurado Martínez ordenó un receso hasta este viernes.
Deras indicó que, después de interrogar a la testigo, se darán los alegatos finales de las partes, por lo que las audiencias podrían finalizar este mismo viernes.
La defensa espera que el juez de sentencia “ya haya estudiado el caso” porque conoció estudios y el testimonio de cinco testigos, dos de cargo y tres de descargo.
“Solo les quiero decir que yo soy inocente”, y “sé que él (juez) va a hacer justicia”, declaró Hernández el jueves en la apertura del juicio.
El caso se remonta al 6 de abril de 2016, cuando la joven, según Deras, tuvo un “parto extrahospitalario” en una letrina, y al llegar a un hospital de la ciudad oriental de Cojutepeque, quedó detenida y acusada de homicidio agravado.
El estudio forense del Instituto de Medicina Legal no es concluyente sobre lo ocurrido en el parto, aunque la defensa ha dicho que el niño nació muerto porque aspiró meconio, el primer excremento que, al ser expulsado dentro del vientre, causa daño al feto.
La Fiscalía General de la República (FGR) cambió el cargo contra Hernández, quien ya no es acusada de homicidio agravado (con dolo y premeditación), sino de homicidio agravado por omisión (por negligencia, sin dolo).
La legislación salvadoreña prohíbe la interrupción del embarazo en todas sus formas.
El artículo 133 del Código Penal salvadoreño establece una pena de dos a ocho años por aborto. Sin embargo, fiscales y jueces tipifican los casos de aborto, incluso los espontáneos, como “homicidio agravado”, un delito penado con 30 a 50 años de cárcel.