La Junta Central Electoral (JCE) celebró este jueves una audiencia pública con los partidos, agrupaciones y movimientos políticos reconocidos, para conocer las impugnaciones al proceso de conformación de las Juntas Electorales.
En tal sentido, depositaron sus impugnaciones Frank Martínez, secretario nacional electoral del PRSC; Danilo Díaz, delegado político del PLD; Orlando Jorge Mera, delegado político del PRM; Miguel Vásquez, delegado político del PRD; así como Sergio Holguín, delegado político de ALPAIS; y Praede Olivero Féliz, delegado político del movimiento ARBA.
Durante el encuentro, la miembro titular de la JCE, Carmen Imbert Brugal, coordinadora de la Comisión de Juntas Electorales y Partidos Políticos, enfatizó que el proceso de conformación ha sido un trabajo consecuente y que “tanto ustedes como nosotros debemos confiar en que el trabajo se seguirá haciendo para tener un proceso creíble y transparente”.
Asimismo, aclaró que dicha comisión ha conocido y evaluado las impugnaciones recibidas y que se encuentran trabajando para mantener la confianza en el proceso.
Una nota de la JCE colgada en su página web destacó, que el presidente del organismo, Julio César Castaños Guzmán, enfatizó que de acuerdo a lo establecido en el párrafo I del artículo 43 de la ley 15-19 del Régimen Electoral, el pleno de esa institución se reunirá dentro de los ocho días siguientes a fin de conocer de las impugnaciones formuladas.
En ese orden, la reunión venidera sobre el tema se celebrará el 3 de julio de 2019.
Asimismo, expresó que serán decididas de conformidad a lo que establece el artículo 45 de la ley de Régimen Electoral que establece, entre otros puntos, que “al designar los miembros y secretarios de las Juntas Electorales y sus respectivos suplentes sustitutos, se deberá tratar de designar a individuos que no estén afiliados a ningún partido político”.
El artículo también reza, que si esto no fuera posible, “se deberá nombrar a afiliados no activistas de dos o más partidos políticos reconocidos, de tal modo que ninguno de estos tengan mayoría de votos en la junta y, especialmente, se tratará en todos los casos de que el presidente y el secretario, así como sus respectivos suplentes y sustitutos, pertenezcan a partidos políticos distintos”.