El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) aclaró este lunes que la disposición de multar a los conductores de vehículos que andan con neumáticos en malas condiciones, no aplicará para aquellos que usen gomas que se encuentran aptos para la circulación
La entidad explicó que los cuatro años determinados en el considerando octavo de la resolución 002- 2019, que prohíbe el uso de neumáticos no aptos para circulación, se refiere únicamente a aquellos neumáticos que se encuentran almacenados, y que ha transcurrido este tiempo desde la fecha de su fabricación no hayan sido instalados, es decir no, aplica aquellas para los neumáticos que se encuentran en uso y que estén actos para circulación.
“Las disposiciones contenidas en el párrafo del artículo primero, relativas a los neumáticos, aplica únicamente sobre aquellos neumáticos de este tipo que no estén actos para la circulación”, informó la institución.
Mientras, el presidente la Federación de Transporte de carga (FENATRADO), Ricardo de los Santos, dijo que en los próximos días retomaran una serie de acciones en continuación a su plan de lucha por el incremento en los precios de los combustibles.
Por Edgar Raffa