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Pro Consumidor emite reglamento para la comercialización de juguetes

El Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor anunció hoy la puesta en vigencia del reglamento para la comercialización de juguetes en el país, con el propósito de que se preserve la seguridad física y la integridad emocional de los menores de edad.

La entidad estatal informó que la decisión, para la elaboración de este reglamento obedece a que en el país no existe normativa técnica que regule este aspecto, solo la NORDOM 564-5, dedicada a Seguridad de Juguetes Químicos, la cual abarca procesos de producción y no de comercialización.

A través de un comunicado, la directora de Pro Consumidor, Anina Del Castillo, señaló que los juguetes son productos o materiales diseñados para ser utilizados, con fines de juego, diversión, recreación y esparcimiento, por menores de 14 años de edad, “quienes forman parte de un conjunto poblacional que puede ser considerado vulnerable”.

Entre las consideraciones del Reglamento se destaca que el proveedor está en la obligación de garantizar que la información de uso y seguridad sea proporcionada en las instrucciones y advertencias de manera claramente visible, legible y de fácil comprensión con el objetivo de reducir los riegos que entrañe o puedan entrañar su uso.

El reglamento establece que los juguetes deberán comercializarse en establecimientos con condiciones adecuadas de higiene y limpieza, a fin de evitar los riesgos de infección, enfermedad y contagio. Su fabricación debe estar libre de sustancias químicas tóxicas y potencialmente perjudiciales para la salud.

En cuanto a la publicidad, deberá llevar una etiqueta con letras visibles, en español, con el nombre genérico del producto, nombre o razón social del fabricante o importador, país de origen, rango de edad para el cual se recomienda su uso y, cuando corresponda, la advertencia de uso bajo supervisión de un adulto.

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