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Opiniones encontradas sobre pedido fiscal independiente en caso Odebrecht

Opiniones encontradas sobre pedido fiscal independiente en caso Odebrecht

SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El Colegio de Abogados asegura que la figura de fiscal independiente no existe en las leyes dominicanas, por lo que no podría ser posible su asignación en el caso Odebrecht como piden organizadores de la denominada marcha verde contra la impunidad.

Los convocantes de la movilización del pasado día 22 de enero iniciaron en el Parque Independencia del Distrito Nacional una jornada nacional de recolección de firmas para pedir al presidente Danilo Medina la designación de fiscales independientes para investigar el caso de sobornos protagonizado por la constructora Odebrecht.

Miguel Surún Hernández, presidente del gremio que agrupa a los abogados, explicó que esta figura jurídica no existe. No obstante, favoreció que la investigación del pago de US$92 millones en sobornos que habría hecho la Odrebrecht a ex funcionarios y funcionarios la continúe el procurador general de la República.

El diputado por el Frente Amplio, Fidel Santana, afirmó que muchos de los sobornantes del caso Odebecht están en el comité político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), organismo que, precisamente se reúne este lunes en su casa presidencial.

El estatuto del Ministerio Público, en su artículo 16, establece que corresponde al Ministerio Público el ejercicio exclusivo de la acción penal, sin perjuicio de la participación de la víctima o de los ciudadanos en el proceso conforme a lo que establece la ley. Para ello,  tendrá las siguientes atribuciones: investigar los hechos punibles de la acción pública y representar y defender el interés público con respecto a todas las infracciones y asuntos que se requieran conforme a la ley.

En ese mismo orden, el Juez Coordinador de los Juzgados de Instrucción del Distrito Nacional, José Alejandro Vargas, aún no ha recibido el acuerdo entre Odebrecht y la Procuraduría.

Se informó que tras ser depositado, se debe evaluar la naturaleza del mismo, o sea, el tipo de procedimientos.

De su lado, la directora ejecutiva del movimiento cívico no partidista Participación Ciudadana, Rosalía Sosa, manifestó que el Código Procesal Penal, en su artículo 373, sí permite nombrar a un “acusador adjunto”, dado que un caso sea declarado complejo.

 Tomado de: CDN.com

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